Cuestiones los principios constitucionales de derecho eclesiástico
Supuesto de hecho
En 2003, la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Público San Benito de Madrid denunció la existencia decrucifijos en algunos pasillos y aulas del centro y solicitó su retirada, basándose en el principio de neutralidad ideológica de los centros docentes públicos recogido en el art. 18 de la Ley Orgánica 8/1985reguladora del derecho a la educación (LODE), así como en la necesidad de respetar las distintas opciones religiosas de los padres y alumnos del colegio. El Director del centro se negó a la peticiónefectuada por el APA, invocando el principio de tolerancia y la necesidad de tener en cuenta la creencia religiosa católica por ser la mayoritaria del colegio, como lo había demostrado el hecho de quela mayoría de los escolares del centro habían optado por la asignatura de religión católica.
CUESTIONES
1ª ¿El significado del principio de libertad religiosa como promoción del derechofundamental de libertad religiosa es argumento a favor de la tesis del Director del colegio? ¿Y la mención constitucional de la Iglesia Católica?
Sí, si se interpreta la existencia de crucifijos enalgunos pasillos y aulas del centro como un ejercicio real y efectivo de los derechos y libertades como viene recogido en el art. 9.2 CE en este caso ejercicio de la libertad religiosa. El art. 16.1 CEestablece que “Se garantiza la libertad religiosa y de culto de los individuos y comunidades sin más limitación en sus, manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegidopor la ley”, por lo que mientras no produzca alteraciones del orden publico, puede considerarse la libertad religiosa como argumento a favor de la tesis del Director del colegio.
En cuanto a lamención de la iglesia católica en la constitución (“los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación...
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