Cuestiones previas
Ministerio de Educación Superior
Universidad de Margarita
Decanato de Derecho
CUESTIONES PREVIAS
El Valle del Espíritu Santo, 15/12/09
DEFINICION DE LASCUESTIONES PREVIAS
Las cuestiones previas son un obstáculo o medio defensivo del que hace uso el demandado cuando le falta a la demanda algún presupuesto procesal, es decir, sin hallarse expedita laacción civil por faltar algún elemento o requisito de procedibilidad previsto, en casos excepcionales.
Las cuestiones previas son un medio de defensa especial que la ley otorga al procesado con lafinalidad que pueda dilatar la acción civil, retardando su constitución, debido al incumplimiento de algún requisito de procedibilidad dispuesto por la ley y que necesariamente ha de cumplirse para elmomento de la contestación de la demanda.
En tal sentido las cuestiones previas se orientan a las preservaciones de la formalidad legal del proceso, ya que actúa en cuanto se da inicio al procesocivil, sin haber cumplido con ciertas condiciones que la ley establece para la demanda.
El objeto de las cuestiones previas no es sólo depurar el proceso de vicios, defectos y omisiones, sino que tieneotro ulterior y principal, cual es el de garantizar el verdadero ejercicio del derecho a la defensa.
CLASIFICACION DE LAS CUESTIONES PREVIAS
Artículo 346. Dentro del lapso fijado para la contestaciónde la demanda, podrá el demandado en vez de contestarla promover las siguientes cuestiones previas:
1. La falta de jurisdicción del Juez, o la incompetencia de éste, o la litispendencia, o que elasunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia.
2. La ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer enjuicio.
3. La ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representante del actor, por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio, o por no tener la representación...
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