culpabilidad
La culpabilidad, en Derecho penal, es la conciencia de la antijuridicidad de la conducta, es decir supone la reprochabilidad del hecho ya calificado como típico y antijurídico, fundadaen el desacato del autor frente al Derecho por medio de su conducta, mediante la cual menoscaba la confianza general en la vigencia de las normas.1 El problema de la culpabilidad es central en elDerecho penal, por cuanto determina finalmente la posibilidad de ejercicio del ius puniendi.
Bajo la categoría de la culpabilidad, como último elemento de la teoría del delito, se agrupan todas aquellascuestiones relacionadas con las circunstancias específicas que concurrieron en la persona del autor en el momento de la comisión del hecho típico y antijurídico.
Antecedentes
Valoración de conductaLa culpabilidad exige inexcusablemente una valoración del comportamiento humano, y allí donde pueda hacerse un juicio de reproche puede existir una culpabilidad.
Juicio de reproche
Es la valoraciónque se hace en el individuo que cometió un ilícito y su correspondiente acción. En el juicio de reproche se individualiza la pena, es decir, se vincula al hecho injusto con su autor.
Puede decirseque es una consecuencia de la valoración de la conducta.
Estructura
La culpabilidad está estructura por tres elementos que se tienen que dar simultáneamente para que el sujeto sea culpable:
• Laimputabilidad: capacidad de conocer lo injusto del actuar, así como de reconocer la posibilidad de actuar de otra manera.
• La conciencia de antijuridicidad: posibilidad de comprender lo injusto delacto concreto.
• La exigibilidad de actuar de forma diferente: posibilidad de autodeterminarse conforme al Derecho en el caso concreto.
Elemento negativo
El elemento negativo de la culpabilidades el Error de Prohibición, el cual anula la culpabilidad y puede ser de dos formas:
1. Directo: la persona piensa que no concurre en un hecho antijuridico cuando en realidad concurre. Para saber...
Regístrate para leer el documento completo.