Culpabilidad

Páginas: 25 (6069 palabras) Publicado: 19 de julio de 2010
CAPITULO 5. EL TIPO CULPOSO O IMPRUDENTE

En algunos casos el delito no es directamente querido por el autor, sino que es fruto de una actuación imprudente. Es estos delitos, el elemento fundamental no es la falta de deber de cuidado que origina un resultado dañoso para un bien jurídico. En el presente capitulo, se estudia la estructura del tipo o culposo o imprudente. Finalmente, en un anexo,se señalan vicios del Código Penal que permiten la imposición de penas a personas que actuaron sin dolo ni culpa y las formas de superarlos.

1. CONCEPTO Y ESTRUCTURA

El tipo culposo o imprudente es aquel en el que, debido a una acción infractora de un deber de cuidado, el autor produce un resultado lesivo para un bien jurídico y no querido por él.

Sin embargo, no toda acción que falte adeberes de cuidado será delito, sino sólo las más graves y que afecten a bienes jurídicos de importancia. En primer lugar, es necesario que el resultado se haya producido; es decir, no existe tentativa de delito culposo. Es segundo lugar, la ley guatemalteca limita el número de delitos culposos mediante el sistema de “numerus clausus” apreciable en su artículo 12 que señala que “los hechos culpososson punibles en los casos expresamente indicados en la ley”.

Como indica MUÑOZ CONDE, lo esencial del tipo culposo no es la simple causación del resultado, sin o como se realiza la acción. Si dos carros, A y B chocan en una curva, lo relevantes no será saber quien ha producido el resultado, pues es obvio que ambos lo han hecho, sino quien actuaba con el debido cuidado y quién no.

En Funciónde lo anterior, el tipo culposo no puede dividirse en un tipo objetivo y en un tipo subjetivos, tal como se aprecia en la ilustración 2.

2. EL TIPO DE OBJETIVO

2.1 La acción Infractora del Deber del Cuidado

El núcleo del tipo imprudente consiste en la divergencia entre la acción realizada y la esperada en virtud del deber de cuidado objetivo que era necesario observar. En estos casos, loprohibido por el derecho penal, no es el fin propuesto, sino la forma de realización de la acción. Se sanciona a la persona por no haber puesto el deber de cuidado debido.

Se vulnerará el deber de cuidado cuando se actué con imprudencia, negligencia o impericia (art. 12 CP). La imprudencia hace referencia a un actuar vulnerando normas de cuidado mientras que la negligencia más bien referida aun comportamiento omisivo. La impericia se relación con la vulneración de la “lex artis” de las distintas profesiones. La doctrina usa el término imprudencia para hacer referencia a todas ellas.

La doctrina señala que el deber de cuidado que cada persona debe observar, tiene una manifestación interna y otra externa.

El deber de cuidado interno, o deber de previsión, requiere que las personasadviertan la presencia o creación de un peligro. La persona tiene la obligación de advertir que la conducta que está realizando implica un incremento de posibilidades de producción de un resultado dañoso. Así por ejemplo, quien porta un arma o maneja un vehículo ha de ser consciente que ello puede producir lesiones o muerte de terceros. Cuando una persona no tiene este deber de cuidado interno,se dirá que actúa con culpa inconsciente.

El deber de cuidado externo, según BERDUGO, se entiende “como el deber de comportarse conforme a la norma de cuidado que el peligro, previamente advertido, requiere”. Este deber se concreta en tres ámbitos:

a. Deber de omitir acciones peligrosas no permitidas: Las personas deben evitar realizar acciones peligrosas que no estén permitidas, como porejemplo, fumar en una gasolinera. Asimismo, deberán evitar conductas que exijan una cualificación técnica que el autor no posee. Por ejemplo, operar sin tener los conocimientos necesarios en medicina, o manejar sin tener licencia.

b. Deber de actuar prudentemente en situaciones peligrosas permitidas: Existen algunas conductas peligrosas que son socialmente aceptadas, como el manejo en carretera,...
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