cultura y ciencia
SEDE IBARRA
ALUMNA: Carolina Cabascango
FECHA: Julio 28 - 2015
DERECHO DE LA CULTURA Y CIENCIA
Este segmento del Derecho Ecuatoriano se halla determinado en la Constitución de 2080, Sección IV – Cultura y ciencia, en sus arts. 21 al 25.
El presente trabajo tendrá como objetivo conocer el contenido de cada uno de dichos artículos,desarrollar un análisis y emitir las respectivas conclusiones.
ART. 21- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresionesculturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.
No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la constitución.”
ANÁLISIS
En el Ecuador existe libertad garantizada para que cada uno de sus ciudadanos decida pertenecer a cualquier corporación cultural, sin que esto de lugar a discriminación alguna. Puede ser creador de su propia identidad cultural,creencias e ideales y exteriorizar estas decisiones en cualquier escenario; así como trasmitir e incorporarse, coincidir y discrepar con expresiones educativas de cualquier tipo.
Es imperativo tener presente que estas jurisdicciones no podrán invocarse cuando atenten contra los derechos constantes en la Constitución, siendo la máxima expresión legal y normativa que rige en nuestro País.
CONCLUSIÓNEsta libertad que es una facultad humana, en ocasiones es mal interpretada y abusada, que agregada a la globalización y al avance tecnológico han dado lugar para que culturas con credos, costumbres y más, ajenas a las nuestras actuales y ancestrales, no solo sean conocidas por nuestros ciudadanos sino arrogadas al convivir no siempre con resultados positivos; de tal forma que han depreciadonuestra identidad cultural y trastocado costumbres e ideales, especialmente en la juventud, originándose una confusa situación social.
Es de destacar el esfuerzo permanente que realiza el Gobierno a través de la difusión tecnológica y otros medios a favor de la vigencia y protección de las culturas ancestrales, con el fortalecimiento y la promoción de las costumbres, artesanías, religiones,gastronomía, características de ésta. Colocadas en condición de peligro por la influencia de culturas extrañas importadas sin selección. Los ecuatorianos gozamos del derecho y tenemos la obligación de identificar plenamente nuestros orígenes ancestrales y velar porque las futuras descendencias se interioricen en ellas, las difundan con orgullo y las atesoren.
Se debe insistir que cualquier expresióncultural será respetada, pero, al mismo tiempo deberá reverenciar nuestras leyes y la Constitución, como condición sin ecua non. Así como no podrá soslayar la convivencia pacífica y armoniosa entre los pobladores y de éstos con la naturaleza, ni discriminar a nada ni nadie.
ART 22.- “Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de lasactividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literaria o artísticas de su autoría.”
ANÁLISIS
La libre expresión, mediante cualquier sistema, manifestada a través del empleo y la expresión de nuestras habilidades está protegida por el derecho, y este art. se refiere específicamente ala expresión creativa, representada por palabras, figuras y números plasmados en gráficos, que simbolizan nuestros sentimientos, como manifestación de vida y posibilidad de trasmitir nuestro talento, utilizando herramientas diversas para promocionar el arte, como exposiciones, conferencias, charlas, etc.
Las expresiones ciudadanas, de cualquier índole tienen derecho a ser respetadas por los...
Regístrate para leer el documento completo.