Cuotas Compensatorias
CUOTAS COMPENSATORIAS
Artículo 3o.- Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
III. Cuotas compensatorias, aquellas que se aplican a lasmercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la presente Ley.
Arancel:
1. Tarifaoficial que determina los derechos que se han de pagar en varios ramos, como el de costas judiciales, aduanas, ferrocarriles, etc.
2. Tasa, valoración, norma, ley.Otra Definición de Cuotas Compensatorias:
Las Cuotas Compensatorias son aranceles que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o desubvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la Ley de Comercio Exterior.
Las cuotas compensatorias se establecen cuando es necesario impedir laconcurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional, así como para contrarrestar los beneficios de subsidios alos productores o exportadores del país exportador.
Es establecimiento de las mismas se determina por la Secretaría de Economía y se realiza a través de unainvestigación conforme al procedimiento administrativo previsto en la Ley y sus disposiciones reglamentarias.
Las cuotas serán equivalentes, en el caso de discriminación de precios, ala diferencia entre el valor normal y el precio de exportación; y en el caso de subvenciones, al monto del beneficio y podrán tener el carácter de provisionales odefinitivas.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la encargada del cobro de las cuotas a las personas físicas o morales, que estén obligadas al pago de las mismas.
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