Cuotas Compensatorias
Las Cuotas Compensatorias son aranceles que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme alo establecido en la Ley de Comercio Exterior.
Las cuotas compensatorias se establecen cuando es necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquenprácticas desleales de comercio internacional, así como para contrarrestar los beneficios de subsidios a los productores o exportadores del país exportador.
Es establecimiento de las mismas se determina porla Secretaría de Economía y se realiza a través de una investigación conforme al procedimiento administrativo previsto en la Ley y sus disposiciones reglamentarias.
Las cuotas serán equivalentes, en elcaso de discriminación de precios, a la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación; y en el caso de subvenciones, al monto del beneficio y podrán tener el carácter de provisionales odefinitivas.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la encargada del cobro de las cuotas a las personas físicas o morales, que estén obligadas al pago de las mismas.
Las cuotas compensatoriastienen una vigencia de:
Provisional 180 días
Naturales
Definitivo de 5 años.
ANEXO 2.5.1
Aviso por el que se dan a conocer las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de losImpuestos Generales de Importación y de Exportación, en las cuales se clasifican las mercancías cuya importación está sujeta al pago de cuotas compensatorias
1.- Se identifican en el presente Aviso lasfracciones arancelarias de la Tarifa en las cuales se clasifican las mercancías sujetas al pago de cuotas compensatorias.
2.- En caso de discrepancia entre las disposiciones del presente Aviso y lascontenidas en las resoluciones preliminares y finales emitidas en los procedimientos sobre prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, prevalecerán estas últimas para todos...
Regístrate para leer el documento completo.