Cupos De Naranja De Mexico A Japon
FECHA DE PUBLICACIÓN VIGENTE DESDE VIGENTE HASTA
DOF. 03/MARZO/2010 01/ABRIL/2010 31/MARZO/CADA AÑO
REFORMA DOF:30/MARZO/2012
CONSIDERANDO
Que para fortalecer y ampliar las relaciones comerciales con el Japón, el 17 de septiembre de 2004 se suscribió el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económicaentre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, mismo que fue aprobado por el Senado de la República el 18 de noviembre de 2004 y que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 marzo de2005;
Que en el artículo 5 y en el Anexo 1 del tratado internacional mencionado, se contemplan aranceles-cuota para los bienes originarios de los países Parte;
Que es necesario propiciar esquemas depromoción accesibles a las empresas exportadoras de productos originarios e incrementar la utilización de los aranceles-cuota establecidos al amparo del tratado internacional referido en el primerconsiderando, y
Que los procedimientos de asignación de cupos al amparo de los aranceles-cuota establecidos en el tratado internacional referido en el primer considerando, cuentan con opinión favorable de laComisión de Comercio Exterior, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL CUPO PARA INTERNAR AL JAPON, NARANJAS ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS AL AMPARO DELARANCEL-CUOTA ESTABLECIDO EN EL ACUERDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA ASOCIACION
ECONOMICA ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL JAPON
Primero.- El cupo de naranjas originarias de los Estados Unidos Mexicanosque podrá ser internado al Japón, durante el periodo anual que comprende del 1 de abril de cada año al 31 de marzo del siguiente año, al amparo del arancel-cuota establecido en el Apéndice 1 del...
Regístrate para leer el documento completo.