Curriculo e primaria
Decreto 22/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Primaria. ([1])
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE en adelante), en su artículo 6.2, establece que el Gobierno fijará los aspectos básicosdel currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes. En desarrollo de este imperativo legal el Ministerio de Educación y Ciencia ha publicado el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
Por otro lado, la citada LOEestablece en su disposición adicional primera que el Gobierno aprobará el calendario de implantación de los currículos de las distintas enseñanzas recogidas en la Ley. Como consecuencia, ha sido aprobado el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, que ha dispuesto que la implantación de la nueva ordenaciónde la Educación Primaria se hará de forma progresiva: en el año académico 2007-2008 se implantará, con carácter general, la nueva ordenación de las enseñanzas en los cursos primero y segundo; en el año académico 2008-2009 se implantará, con carácter general, la nueva ordenación de las enseñanzas en los cursos tercero y cuarto; y en el 2009-2010 se implantará, con carácter general, la nuevaordenación de las enseñanzas en los cursos quinto y sexto de la citada etapa educativa.
Corresponde a las Administraciones educativas competentes, de acuerdo con el artículo 6.4 de la LOE, el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas reguladas en ella, del que formarán parte las enseñanzas mínimas establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
La Comunidad de Madrid, al amparo delo previsto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía, es plenamente competente en materia de educación no universitaria, y le corresponde, por tanto, establecer las normas que, respetando las competencias estatales, desarrollen los aspectos que han de ser de aplicación en su ámbito territorial.
Procede, pues, que la Comunidad de Madrid apruebe la normativa que, por un lado, integre y respetelo previsto en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, y, por otro, desarrolle esos aspectos de acuerdo con la potestad que le ha sido atribuida, regulando la práctica educativa en la Educación Primaria dentro del ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
El currículo de la Educación Primaria debe atenerse a la definición establecida en el artículo 6.1 de la LOE, y respetar lasenseñanzas mínimas fijadas por el Ministerio de Educación y Ciencia. Para ello, el currículo que para cada una de las áreas se concreta en el presente Decreto incluye una introducción con orientaciones específicas de carácter metodológico y su contribución a la adquisición de las competencias básicas; los objetivos que deben ser alcanzados por los alumnos al finalizar la etapa; y, organizados por ciclos,los contenidos con sus correspondientes criterios de evaluación, que precisan el alcance de dichos contenidos y permiten valorar su adquisición por los alumnos.
Con la Educación Primaria se inicia la escolarización obligatoria y se ponen las bases de todo el aprendizaje posterior. Y es en esta dirección en la que se debe orientar el trabajo de los maestros: lograr que los alumnos adquieran losconocimientos y destrezas indispensables para afrontar con éxito la educación secundaria. Para ello se requiere que los niños acrecienten la comprensión lectora, la capacidad de expresión oral y escrita, la soltura en el cálculo, aplicando en cada situación las operaciones aritméticas adecuadas, y los conocimientos esenciales en los campos de Geografía, de la Historia y las Ciencias de la...
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