Curso Comunicacines
ASOCIACION VENEZOLANA DE LA BANDA CIUDADANA MERIDA
(Asociación civil sin fines de lucro)
CURSO DE COMUNICACIONES
NIVEL BASICO
R A D I O C O M U N I C A C I O N E S
Avenida Urdaneta, esquina calle 43 – Teléfono 0274-263 70 20
Estación Central 2 Y X-25, Mérida – Y V 2- CT
0416-602-3183 --- 0416-872-6256
José G. Suescun S.
2-YX-1019 - YV-2-DPQ
1
REPUBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASOCIACION VENEZOLANA DE LA BANDA CIUDADANA MERIDA
(Asociación civil sin fines de lucro)
Curso de Comunicaciones
Nivel Básico
1.
2.
3.
4.
6.
7.
8.
9.
Aspectos Legales Ley y Reglamento
Las Comunicaciones – Elementos
La modulación en las Comunicaciones
Uso y Manejo de Equipos
Normas
Equipos de 11 Metros (HF)
Equipos de 2 Metros (VHF
Equipos de Bandas Mayores(HF)
Equipos de ¾ Metros (UHF)
Equipos, Marcas, Modelos y Características
Indicativos y Siglas
Circuitos radioeléctricos de Venezuela
Espectro de las Frecuencias
Clasificación
10. Frecuencias Autorizadas
Oficiales
Comerciales
Radioaficionados
11. Ley y Reglamento de Radiocomunicaciones
12. Instituciones de Comunicación
Banda Ciudadana
Red de Emergencia
R.C.V
A.R.V
13. Que es elRadioaficionado
14. Bandas de Aficionados
15. Bandas de Frecuencia de la F.C.C
16. Tabla de Frecuencia de 11 metros – Clase D
17. Evaluación.
José G. Suescun S.
2-YX-1019 - YV-2-DPQ
2
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASOCIACION VENEZOLANA DE LA BANDA CIUDADANA MERIDA
(Asociación civil sin fines de lucro)
Curso de comunicaciones
Nivel Básico.
1.-
ASPECTO LEGAL.
NUEVA LEY ORGÁNICA DETELECOMUNICACIONES.
Gaceta Oficial N° 36.970 - 12/06/2000
Art. 1. Esta ley tiene por objeto establecer el marco legal de regulación general de las
telecomunicaciones a fin de garantizar el derecho el humano de las personas a la
comunicación y a la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones
necesarias para lograrlo, sin mas limitaciones que las derivadas de la constitución y lasleyes.
Art.4. Se entiende por Telecomunicaciones toda transmisión emisión o recepción de
signos, señales escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por
hilo radioelectricidad, medios ópticos u otros medios electromagnéticos afines, inventados
o por inventarse. Los reglamentos que desarrollen esta ley podrán reconocer de manera
especifica otros medios o modalidades que pudieransurgir en el ámbito de las
telecomunicaciones y que se encuadren a los parámetros de esta ley.
A los efectos de esta ley se define el Espectro Radioeléctrico como el conjunto de ondas
electromagnéticas cuya frecuencia se fija convencionalmente por debajo de tres mil
Gigahertz (3000 GHz) y que se propagan por el espacio sin guía artificial.
El espectro radioeléctrico se divide en bandas defrecuencias, que se designan por números
enteros, en orden creciente. Las bandas de frecuencia constituyen el agrupamiento o
conjunto de ondas radioeléctricas con limite superior e inferior definidos
convencionalmente. Estas a su vez podrán estar divididas en sudbandas.
Art. 10. El significado de los términos empleados en esta ley o en sus reglamentos y no
definidos en ellos será el que le asignen losconvenios o tratados internacionales suscritos y
ratificados por Venezuela, en especial, las definiciones adoptadas por la Unión
Internacional de telecomunicaciones (U.I.T) y en defecto de estas las normas
establecidas en el respectivo reglamento.
Art.12. En su condición de usuario de un servicio de telecomunicaciones toda persona tiene
derecho a:
1. Acceder en condiciones de igualdad a todos losservicios de telecomunicaciones y a
recibir un servicio eficiente, de calidad e interrumpido, salvo las limitaciones
derivadas de la capacidad de dichos servicios.
José G. Suescun S.
2-YX-1019 - YV-2-DPQ
3
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASOCIACION VENEZOLANA DE LA BANDA CIUDADANA MERIDA
(Asociación civil sin fines de lucro)
2. La inviolabilidad de sus telecomunicaciones, salvo en aquellos...
Regístrate para leer el documento completo.