Curso mandatario automotor
Prof.: Julio …
El Régimen Jurídico del Automotor nace en el año 1958.
Digesto son las Normas Técnico Registrales del automotor. Son 3 tomos.
Ahí están todas las Solicitudes Tipo, se pueden bajar de internet también.
Gestor: es el intermediario entre la Administración Pública o Privada y los usuarios.
Mandatario: estudia:
• El bien (automotor)
•Obligaciones y derechos judiciales
• Formaliza el acto
Registro del Automotor: es para INSCRIBIR
• Es PÚBLICO
• Es CONSTITUTIVO
Rentas: es para COBRAR los impuestos.
El art. 9 del Registro Jurídico: dice que el Registro no se puede negar a Inscribir un automotor aunque se deban patentes. Solo tiene que pagar el arancel por el trámite al Registro.
Boleto de compra ventaCertificar la firma del titular y el cónyuge.
• Es para dejar constancia del estado total del vehículo. Revisar todo el vehículo.
• Se paga de determinada manera.
• Verificar en el Registro del automotor para ver la situación del dominio (informe de dominio) que GARANTIZA para poder transferir.
• Verificar el auto (los dos comprador y vendedor) por los riesgos.
•Certificado del Estado de Dominio (en el Registro. Por 15 días se bloquea todo lo que pueda modificar el legajo. Para poder transferirlo. Esto lo firma el titular del Registro.
• Libre deuda de patentes e infracciones.
DUEÑO: Es el titular Registral
PATENTE: Dominio
CÓNYUGE: presta el consentimiento, esposa con libreta.
SOLICITUD TIPO: Formulario
SIEMPRE ANOTAR (MANDATARIO)LOS NÚMEROS DE FORMULARIOS QUE SE PRESENTEN EN EL REGISTRO.
El que presenta la SOLICITUD TIPO en el Registro asume las responsabilidades penales por la falsedad de datos!!!! Ojo que la firme siempre el titular del dominio!!! El que presenta se llama peticionante.
SOCIEDAD CONYUGAL:
• Lo anterior a contraer matrimonio es de cada uno (bien propio)
• Lo que se adquiere después delmatrimonio es bien ganancial (hay que pedir el consentimiento al cónyuge para venderlo)
DENUNCIA DE VENTA:
• Libera de la Responsabilidad Civil cuando se vende el vehículo y no se hizo la transferencia.
• Es obligación que la firme el cónyuge.
El comprador tiene la obligación de poner a su nombre dentro de los 10 días a partir de la firma certificada de la ST 08.Embargo/Inhibición puede entrar si no se hizo la transferencia, aunque se haya hecho la denuncia de venta.
MANDATARIO COMO DIVIDIR UN PRESUPUESTO PARA COBRAR HONORARIOS:
• FONDOS DE TERCEROS: son los gastos por sellados.
• GASTOS DE REALIZACIÓN: Son los viáticos: se cobran $ 50
• HONORARIOS FIJOS: de acuerdo a los productos:
o Mayores:
▪ Transferencias: $300 + viáticos.
▪ Transferencias con cambio de radicación: $ 350 + viáticos.
▪ Denuncias de hurto: $ 300 + viáticos.
▪ Prendas: $ 300 + viáticos.
▪ Patentamiento: $ 300 + viáticos.
o Menores: $ 250 + FONDOS DE TERCEROS
Fecha: 19/6/2010
Prof.: Inés Fidanza, está en la Dirección Nacional de los Registros de laPropiedad Automotor y Créditos Prendarios. Corrientes 5666, 3º piso. 4811-7258. Ines_fidanza@ hotmail.com
Ley 6582/58 modificada por la Ley 22977
Régimen Jurídico: Hay 4 principios que lo regulan:
1. Rogación
2. Público
3. Obligatorio
4. Constitutivo
El Régimen Jurídico divide a todo el país en Secciones de acuerdo a la cantidad de población en distintosRegistros:
• Automotor
• Motos y vehículos
• Maquinarias
• Créditos prendarios
La radicación de los trámites va a estar dada por el domicilio de la persona en el DNI/LC/LE
El Registro no acepta cédula de identidad.
Para averiguar qué registro corresponde, por internet a www.dnrpa.gov.ar por domicilio o Nº de dominio.
Se puede hacer cambio de domicilio, el Registro...
Regístrate para leer el documento completo.