daños y perjuicios accidentes FALLO Rodriguez
En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 2 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala "F", para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentenciaapelada.-
Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación, Sres. Jueces de Cámara, Dres. HIGHTON DE NOLASCO, POSSE SAGUIER y CONDE.-
A las cuestiones propuestas la Sra. Juez de Cámara Dra. ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO dijo:
I.- La juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios deducida por Silvia Rodríguez e Higinio Oscar Orozcocontra Domingo Oscar Napal, Cruz del Plata S.R.L. y Eduardo Daniel García, condenando a éstos -en forma concurrente-, al pago de una suma de dinero en concepto de indemnización. Impuso las costas por su orden e hizo extensiva la condena a la aseguradora la Fortuna S.A. Argentina de Seguros Generales.-
Esta decisión fue apelada por la parte actora y por la compañía de seguros La Fortuna. La primeraexpresó agravios a fs. 431/434, que fueron contestados a fs. 441/443, mientras que la segunda lo hizo a fs. 437/438, contestándose a fs. 439/440.-
Las críticas en que funda su apelación la parte actora se refieren a la distribución de la responsabilidad respecto de la coactora Rodríguez, a la desestimación de incapacidad sobreviniente de Orozco, al daño moral y gastos médicos desestimados para elcoactor Orozco y a los gastos médicos que considera reducidos para la coactora Rodríguez.-
Por su parte, la citada en garantía se queja por la distribución de la responsabilidad y por los montos de la incapacidad y daño moral reconocidos a la coactora Rodríguez.-
II.- Se trata el presente de un accidente de tránsito ocurrido cuando los actores eran trasladados en una ambulancia de la demandada, y aconsecuencia del cual sufrieron lesiones en su integridad.-
En cuanto al primer agravio referido a la responsabilidad que la a quo determina en un 50% para la demandada y 50% para la víctima Silvia Rodríguez, cabe poner de manifiesto que no se ha cuestionado el encuadre jurídico dado en la sentencia, es decir la procedencia en el caso de los arts. 184 del Código de Comercio y 1113 del CódigoCivil, por lo que el fallo, en ese aspecto se encuentra firme.-
Ahora bien, el mencionado encuadre determina la aplicación de un régimen objetivo de responsabilidad, con inversión de la carga probatoria. De esta manera, los actores sólo deben probar el presupuesto de hecho, cual es la existencia del accidente y, en tal sentido, cabe señalar que el hecho se encuentra reconocido por los demandados(escrito de contestación de demanda de fs.29/32, contestación de la aseguradora de fs. 87/92 y constancias de la causa penal). En consecuencia, la actividad probatoria de los demandados deberá ser-necesariamente- activa, debiendo demostrar, para exonerarse de responsabilidad, la existencia de fuerza mayor, culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder.-
Precisamente se invoca en elpresente la culpa de la víctima, es decir, de Silvia Rodríguez, quien, según declaraciones penales del codemandado Napal -conductor de la ambulancia en la oportunidad- y del camillero Gómez, se habría quitado (sola o con ayuda de su esposo Orozco que la acompañaba) el cinturón de seguridad con que se la había asido a la camilla, determinando esto su caída y lesión cuando la ambulancia frenó o impactócon otro vehículo.-
La juez de primera instancia consideró acreditada la eximente en concurrencia con la responsabilidad de los accionados, lo que motivó las quejas de los accionantes que, no sólo no admiten esta versión de la demandada, sino que cuestionan -además- la validez de estas declaraciones penales emanadas del propio codemandado y de un dependiente de la demandada Cruz del Plata, que...
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