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EL PERUANO - LIMA, MARTES 16 DE ENERO DE 2007
LEY Nº 28951
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la ley siguiente:
LEY DE ACTUALIZACIÓN DE LA LEY N° 13253, DE PROFESIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y DECREACIÓN DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS
Artículo 1°.- Título profesional de contador público
El título profesional de contador público es otorgado por las universidades del país creadas y re-conocidas con arreglo a las leyes de la materia. Los títulos profesionales otorgados en el extranjero son reconocidos conforme a ley.
Artículo 2°.- Colegiación
Es obligatoria la colegiación parael ejercicio profesional del contador público.
La determinación de los requisitos para la colegiación y habilitación del contador público le corresponde al colegio departamental respectivo.
Artículo 3°.- Competencias del contador público
Son las siguientes:
a. Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de las actividades económico-comercialesdesarrolladas por personas naturales y/o jurídicas del ámbito privado, público o mixto; y formular, autorizar y/o certificar los estados financieros correspondientes, incluidos los que se incorporen a las declaraciones juradas y otros para fines tributarios.
b. Evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control, y otros relacionados con el ejercicio de laprofesión contable.
c.
d. Realizar auditoría financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a la profesión de contador público.
e. Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales.
f. Certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos contables de los libros o registros contables de laspersonas naturales y jurídicas.
g. Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable.
h.
i. Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles educativos respectivos, de acuerdo a ley.
j. Ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio profesional.
k. Otras relacionadas con la profesión contable y susespecializaciones.
l.
Artículo 4°.- Sociedades de auditoría
Las sociedades de auditoría estarán conformadas por contadores públicos colegiados e inscritas en el Registro de Sociedades de los Colegios de Contadores Públicos. Se constituirán bajo cualquiera de las formas establecidas en la Ley General de Sociedades.
Artículo 5°.- Colegios de contadores públicos: naturaleza y fines
Los colegios decontadores públicos son instituciones autónomas con personería de derecho público interno, su decano es integrante de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú creada por Decreto Ley N° 25892, que tienen su sede en la capital de cada departamento (Región) del país, cuyos fines son los siguientes:
a. Velar por el prestigio, desarrollo y competencias de la profesión.
b.Fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus miembros.
c. Cautelar el ejercicio profesional y su defensa, dentro de estrictos criterios éticos y legales denunciando el ejercicio ilegal de la profesión.
d. Velar por el respeto y cumplimiento de las normas de ética profesional.
e. Promover la investigación relacionada con la profesión contable.
f.
g.Promover el espíritu de solidaridad y las acciones orientadas a la previsión social que procuren el bienestar de sus miembros colegiados y de sus familias.
h. Promover la vinculación entre sus miembros y el establecimiento de relaciones interinstitucionales permanentes con los Colegios de Contadores Públicos Departamentales, así como con los demás Colegios Profesionales del país y/o equivalentes...
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