Datos personales
Comunicaciones y Transportes
Recurrente: Diana Salmean Magaña
Folio: 0000900276908
Expediente: 0245/09
Comisionada Ponente: Jacqueline Peschard
Mariscal
Instituto Federal de Acceso a la Información Pública
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto por la recurrente citada al rubro, se procede a dictar la presente resolucióncon base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 10 de diciembre de 2008, la ahora recurrente solicitó, a través del INFOMEX, a la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: “todo el archivo laboral respecto de la persona física llamada Victor Manuel Gutierrez Polanco, de la secretaria de comuicaciones y transportes,con sede en merdia, yucatan.” (sic)
Modalidad preferente de entrega de información: “Copia Certificada”
II. El 9 de enero de 2009, la SCT respondió la solicitud de información, a través del
INFOMEX, en los siguientes términos:
“(…)
Con fundamento en el artículo 42 y 24 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental, se adjunta la información solicitada:VER ARCHIVO ADJUNTO
(…)”
La SCT anexó a la citada respuesta el oficio sin número y sin fecha, cuyo contenido es el siguiente:
“EN RESPUESTA A SU SOLICITUD No. 900276908, MISMO QUE SE REFIERE A TODO
EL ARCHIVO LABORAL RESPECTO DE LA PERSONA FISICA LLAMADA VICTOR
MANUEL GUTIERREZ POLANCO, DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTES, CON SEDE EN MERIDA, YUCATAN.
AL RESPECTO LECOMUNICO: con fundamento en el Artículo Primero fracción II del Acuerdo Secretarial por el que se establecen las atribuciones de las Unidades Jurídicas de los Centros S.C.T., y previo el análisis y estudio de la Ley y su Reglamento, es opinión de esta Unidad de Asuntos Jurídicos, que de acuerdo al contenido de los Artículos 14 fracciones I, y IV, y 18 fracción II de la Ley Federal de Transparenciay Acceso a la
Información Pública Gubernamental, que establecen:
Art. 14. También se considera como información reservada:
I. La que por disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial; IV. Los expedientes judiciales o de los 1
Dependencia o Entidad: Secretaría de
Comunicaciones y Transportes
Recurrente: DianaSalmean Magaña
Folio: 0000900276908
Expediente: 0245/09
Comisionada Ponente: Jacqueline Peschard
Mariscal
Instituto Federal de Acceso a la Información Pública procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado;
Art. 18. Como información confidencial se considera:
II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para sudifusión, distribución o comercialización en los términos de esta Ley.’
En concordancia con los Artículos 37, 40, 41 y 47 del Reglamento de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establecen:
‘Art. 37. La información confidencial no estará sujeta a plazos de vencimiento y tendrá ese carácter de manera indefinida, salvo que medie el consentimientoexpreso del titular de la información o mandamiento escrito emitido por autoridad competente.
Art. 40. Para que las dependencias o entidades puedan permitir el acceso a información confidencial requieren obtener el consentimiento expreso de los particulares titulares de la información por escrito o medio de autentificación equivalente.
Art. 41. Cuando una dependencia o entidad reciba unasolicitud de acceso a un expediente o documentos que contengan información confidencial y el Comité lo considere pertinente, podrá requerir al particular titular de la información su autorización para entregarla, quien tendrá diez días hábiles para responder a partir de la notificación correspondiente. El silencio del particular será considerado como una negativa.
Art. 47. Los procedimientos para...
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