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[pic]Mayo 22nd, 2010 [pic]Periódicos de Bolivia
Anoche fue socializado el anteproyecto a organizaciones que se concentraron en la escuela Buenas Nuevas de Huayra K’asa. – Foto: Rubén Rodriguez
Las urbanizaciones ilegales que tienen cierta antigüedad y que sean anteriores al 31 de diciembre del 2009 podrán serregularizadas y contar con el derecho propietario estén o no registradas en las oficinas de Derechos Reales; igual que los bienes inmuebles municipales cuya existencia sea antes de 31 de diciembre de 1998.
Así lo establece el título cuarto, capítulo 1, artículo 31 del Anteproyecto de Ley Regulación de la Propiedad Urbana y Regularización del derecho propietario sobre inmuebles urbanos.
Eldocumento fue propuesto por diferentes organizaciones sociales del país y están en proceso de análisis para su consenso.
El ejecutivo de la Confederación Nacional de Juntas Vecinales (Conaljuve), Efraín Chamba -reconocido por el Viceministerio de Movimientos Sociales y, la Central Obrera Boliviana- explicó que el Gobierno a través del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, hasistematizado las propuestas que básicamente buscan que los asentamientos urbanos de 5 a 30 años atrás se regularicen.
“Están identificadas (las urbanizaciones), tienen construcciones consolidadas, pero no son tomadas en cuenta para ser sujetos de los recursos de Participación Popular, no tienen servicios básicos, tampoco apertura de calles, todo esto a raíz de que no se sabe si son del campo o laciudad. Hay una ausencia del Estado”, explicó.
Chambi, que se declaró partidario del oficialista Movimiento Al Socialismo, dijo también que estas personas que están o no en situación de legalidad se encuentran en condiciones infrahumanas por lo se regularizará sus inmuebles a través de un mandato del Congreso de la Conaljuve.
Según Chambi este proyecto ya se ha socializado en gran parte delpaís y su aprobación está previsto para septiembre.
El anteproyecto
El documento establece que “los bienes inmuebles urbanos de urbanizaciones enteras con construcciones permanentes y habitables, no registradas y registradas en las oficinas de Derechos Reales (antes 31 de diciembre de 2009), mediante procesos de Derecho de propiedad sobre Inmuebles Urbanos colectivo” son objeto deregularización.
A su vez los inmuebles urbanos individuales con construcciones permanentes y habitables, no registradas y registradas en las oficinas de Derechos Reales (antes 31 de diciembre de 2009) mediante procesos de derecho de propiedad sobre inmuebles urbanos individual.
Por otro lado también están incluidos los bienes inmuebles, de propiedad municipal registrados en las oficinas de DerechosReales, habitadas por ocupantes con construcciones anteriores al 31 de diciembre de 1998, mediante procedimientos extraordinarios y temporales para su regularización colectiva.
Todos estos inmuebles deberán estar permitidos para propósitos de vivienda en las normas municipales de uso del suelo y aprobadas por el Concejo Municipal respectivo, dice el proyecto.
REQUISITOS PARA LEGALIZAR
•Constituirse como agrupaciones de personas o familias y que hayan entrado en posesión efectiva, pacífica y continua de los lotes o unidades habitacionales hasta el 31 de diciembre de 2009. También debe existir construcciones permanentes, habitables y ocupadas por sus poseedores sin que éstos cuenten con títulos de propiedad, matrícula de inmueble ni registro en las oficinas de Derechos Reales.
•Para el derecho de propiedad sobre inmuebles urbanos se debe acreditar la posesión pacífica, libre, continua e ininterrumpida, una declaración jurada de posesión ante el Juez de Instrucción en lo Civil que demuestre el tiempo de posesión y ubicación, además de la declaración testifical de colindancias, recibos de pago de servicios públicos, impuestos, entre otros.
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