De colon
(apropiado para ventas de vehículos de motor)
POR CUANTO: EL COMPRADOR está interesado en adquirir el mueble cuyas características y condiciones se especi
tos en la Ley número 483 sobre Ventas Condicionales de muebles, promulgada en fecha nueve (9) de noviembre de mil novec
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
PRIMERO: EL VENDEDOR transfiere en venta a ELCOMPRADOR el mueble que a seguidas se describe, bajo la condición expresa y formal de que el mismo no será propiedad de EL COMPRADOR hasta tanto no haya pagado el precio total de la venta, y cumplido la restantes condiciones expuestas en este cotnrato.
ARTICULO DESCRIPCION
Modelo Marca Núm. Serie Precio
SEGUNDO: EL COMPRADOR conviene en comprar el mueble descrito precedentemente pagando unprecio total de , del cual se ha pagado un inicial por valor de , y el resto en la forma siguiente:
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fecha
Pagaré por valor de en fechaPARRAFO I.- Los pagos acordados deberán ser hechos por EL COMPRADOR en , oficinas de EL VENDEDOR, a más tardar a las horas de la tarde, en las fechas ya indicadas, pago por el cual EL VENDEDOR expedirá un recibo de descargo por la suma del pagaré, a través de la persona debidamente autorizada por EL VENDEDOR.
PARRAFO II.- El atraso en los pagos de los pagareses convenidos, implica un recargo de porciento por mora.
TERCERO: EL COMPRADOR afirma haber recibido el mueble objeto del presente contrato, y luego de examinarlo y aprobar sus condiciones de funcionamiento, en todas sus partes, declara que reconoce que no puede exigir ningún tipo de indemnización o reparación por vicios ocultos, ni por ningún desperfecto que pudiera ulteriormente resultar de la máquina o cualquiera de sus partes,atendiendo en todo caso a las prescripciones de garantía provistas por EL VENDEDOR para satisfacer en los términos expresados en ella los desperfectos que, sin culpa de EL VENDEDOR pudiera sufrir el mueble objeto del presente contrato.
CUARTO: EL COMPRADOR entiende y acepta que no adquirirá la propiedad del mueble vendido condicionalmente por este mismo contrato hasta haber realizado el pago completode la suma especificada como precio de venta, así como de cualquier otra suma que pudiera adeudar por concepto de reparaciones, repuestos, intereses por pagos atrasados o cualquier otro concepto. Por tanto, es entendido que la propiedad del mueble objeto del presente contrato quedará a cargo de EL VENDEDOR, sus herederos, causahabientes y cesionarios hasta tanto EL COMPRADOR no haya cumplidotodas y cada una de las obligaciones puestas a su cargo y aceptadas libre y voluntariamente por él. En consecuencia, EL VENDEDOR está autorizado a requerir en el Registro Central de Ventas Condicionales la inscripción del presente contrato, a fin de que surta sus efectos, atribuidos por la Ley Núm. 483 sobre Ventas Condicionales de Muebles, de fecha 9 de noviembre de 1964, ya citada, por lo que ELCOMPRADOR NO PUEDE, BAJO NINGUN CONCEPTO Y EN NINGUNA FORMA, ENAJENAR, DESTRUIR, DETERIORAR, OCULTAR NI TRASLADAR fuera del territorio de la República Dominicano el mueble de que se trata, sin el consentimiento escrito y formal de EL VENDEDOR.
PARRAFO.- EL VENDEDOR se reserva el derecho de hacer examinar el mueble por cualquier persona por él designada, si así lo estima conveniente, cuando ELVENDEDOR considere que procede esta acción, con la finalidad de cerciorarse del estado general y de funcionamiento del mueble de que se trata, supervigilando las obligaciones puestas a cargo de EL COMPRADOR.
QUINTO: Las cláusulas generales que forman parte integrante de este contrato, rigen las relaciones contractuales entre EL VENDEDOR y EL COMPRADOR en los aspectos no considerados previamente....
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