De La Elección De Presidente De Los Estados Unidos Mexicanos Y De Los Integrantes De La Cámara De Senadores Y La Cámara De Diputados.
las siguientes reglas:
I. En el Distrito Federal serán reconocidas las situaciones jurídicasválidamente creadas en
otras entidades de la República;
II.- El estado y la capacidad de las personas se rige por las leyes aplicables en el Distrito
Federal;
III.- La constitución, régimen y extinciónde los derechos reales sobre inmuebles, así como los
contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles que se
encuentren en el Distrito Federal, se regirán porlas disposiciones de este Código, aunque sus
titulares sean extranjeros;
IV.- La forma de los actos jurídicos se regirá por el derecho del lugar en que se celebren. Sin
embargo, los celebradosfuera del Distrito Federal, podrán sujetarse a las formas prescritas en este
Código cuando el acto haya de tener efectos en el Distrito Federal; y
V.- Salvo lo previsto en las dos fraccionesanteriores, los efectos jurídicos de los actos y
contratos celebrados fuera del Distrito Federal que deban ser ejecutados en su territorio, se regirán
por las disposiciones de este Código, a menos que laspartes hubieran designado válidamente la
aplicabilidad de otro derecho.
Artículo 14. En la aplicación del derecho extranjero se observará lo siguiente:
I. Se aplicará como lo haría el juezextranjero correspondiente, para lo cual el juez podrá
allegarse la información necesaria acerca del texto, vigencia, sentido y alcance legal de dicho
derecho;
II. Se aplicará el derecho sustantivoextranjero, salvo cuando dadas las especiales
circunstancias del caso, deban tomarse en cuenta, con carácter excepcional, las normas
conflictuales de ese derecho, que hagan aplicables las normassustantivas mexicanas o de un
tercer estado;
III. No será impedimento para la aplicación del derecho extranjero, que el derecho mexicano no
prevea instituciones o procedimientos esenciales a...
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