De La Guarda En Nicaragua
(Arto.298-498C)
Definición:
Es la institución de derecho civil, que tiene por objeto el cuidado de la persona y bienes, o solamente de los bienes; de aquellos que no estando bajo la patria potestad, son incapaces de gobernarse por sí mismos.- Cuando la guarda fuere solamente de los bienes, debe especificarse expresamente esa circunstancia en el discernimiento del cargo.Toda guarda debe ser discernida, en los Juzgados de Distrito y en los Locales habrá un Registro en que se pondrá testimonio de todos los discernimientos que se hicieren del cargo de guardador. Para discernir la guarda será indispensable que preceda el otorgamiento de la fianza escriturada a que el guardador está obligado, exceptuados solamente:
1. El cónyuge y los ascendientes ydescendientes, que la prestaran en cuanto puedan; y se entiende que no pueden, cuando comprueben ante el Juez, que carecen de bienes raíces o que éstos son de muy poco valor.
2. Los especiales llamados por poco tiempo a servir el cargo.
3. Los que se dan para un negocio particular sin la administración de bienes.
4. Podrá también ser relevado de la fianza, cuando la persona puesta en guarda tuvierepocos bienes y el guardador fuere persona de conocida probidad y de bastantes facultades para responder de ellos, probando estas circunstancias ante el Juez.
En lugar de la fianza podrá prestarse hipoteca suficiente o la garantía de valores o acciones sobre ellos hasta la cantidad que se estime suficiente para responder de su administración. Discernida la guarda, los bienes del menor no seránadministrados por el guardador, sino después que hubieren sido inventariados, a menos que antes del discernimiento se hubiere hecho o se estuviere haciendo ya el inventario de ellos, si los bienes del pupilo se aumentan o disminuye durante la guarda, podrán aumentarse o disminuirse proporcionalmente la hipoteca, la fianza o garantía.
Hecho el discernimiento se hará entrega del caudal del menor oincapacitado, al guardador por inventario que se unirá al expediente, si ya no obrare en él, a cuyo pie constará el recibo del expresado guardador. Igual entrega, y con la misma formalidad, se hará de los títulos y documentos que se refieran a dichos bienes.
____________________________________________________________________________________________________________________________Arto.298 C, (Definición), 305 C (Discernimiento), Arto.416, 417 C (Fianza)
INSCRIPCIÓN DE LA GUARDA
• El trámite para la inscripción de la Guarda es gratuito y se realiza en el Registro Civil competente.
• Es de carácter es obligatorio, por cuanto al no estar inscrito el guardador no puede desempeñar sus funciones.-
Requisitos:
• Certificación de la sentencia de Guarda libradapor el Juez Civil de Distrito.
• Certificación de Partida de Nacimiento de la persona sujeta a la Guarda.
• Testimonio de Escritura Publica o Testamento si fue ante Notario.
• Cedula de Identidad del compareciente.
Pueden comparecer a Inscribirlo:
• Deben comparecer el Guardador
• Cualquier persona mayor de 21 años.
REGISTRO DE LA GUARDA
• Debe serinscrito en el Libro de Inscripciones Varias y anotado al margen del asiento original del sujeto a la guarda.
• Todo guardador deberá hacer inscribir en el Registro la guarda dentro de cinco días a más tardar de haberse obtenido el discernimiento de la guarda.
El registro ante quien se inscribió la guarda contendrá, para cada clase de ellas, una partida especial en la que deberá anotarse:
•El nombre y apellido, la condición, edad y domicilio de la persona sujeta a la guarda.
• El nombre y apellido, condición y domicilio del guardador, lo mismo que el nombre y apellido, condición y domicilio del fi ador.
• El testimonio de la sentencia de discernimiento de la guarda.
• El día en que comenzó a ejercerse.
• La fecha del inventario y la suma total de éste...
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