De Los Socios En La Cooperativa
Capítulo V
De los socios
Artículo 64.- Esta Ley y las bases constitutivas de cada sociedad cooperativa, determinarán deberes, derechos, aportaciones, causas de exclusión desocios y demás requisitos. En todo caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
I.- La obligación de consumir o de utilizar los servicios que las sociedades cooperativas de consumidoresbrindan a sus socios;
II.- En las sociedades cooperativas de productores, la prestación del trabajo personal de los socios podrá ser físico, intelectual o de ambos géneros;
III.- Las sanciones a lossocios de las sociedades cooperativas cuando no concurran a las asambleas generales, juntas o reuniones que establece la presente Ley; éstas deberán considerar las responsabilidades y actividades propiasde la mujer;
IV.- Las sanciones contra la falta de honestidad de socios y dirigentes en su conducta o en el manejo de fondos que se les hayan encomendado;
V.- Los estímulos a los socios que cumplancabalmente con sus obligaciones, y
VI.- La oportunidad de ingreso a las mujeres, en particular a las que tengan bajo su responsabilidad a una familia.
Artículo 65.- Las sociedades cooperativas deproductores podrán contar con personal asalariado, únicamente en los casos siguientes:
I.- Cuando las circunstancias extraordinarias o imprevistas de la producción o los servicios lo exijan;
II.-Para la ejecución de obras determinadas;
III.- Para trabajos eventuales o por tiempo determinado o indeterminado, distintos a los requeridos por el objeto social de la sociedad cooperativa;
IV.- Parala sustitución temporal de un socio hasta por seis meses en un año, y
V.- Por la necesidad de incorporar personal especializado altamente calificado.
Cuando la sociedad requiera por necesidades deexpansión admitir a más socios, el Consejo de
Administración tendrá la obligación de emitir una convocatoria para tal efecto, teniendo preferencia para ello, sus trabajadores, a quienes se les...
Regístrate para leer el documento completo.