El Decreto N° 3.390 (3390) establece que “La Administración Pública Nacional [venezolana] empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos yservicios informáticos” ni que decir que este decreto ha generado toda una secuela de confusiones, malos entendidos, carreras y expectativas entre los empleados de los departamentos de informática deorganismos del estado, y en general en el sector de Tecnologías de Información (TI) de Venezuela.Esta serie de posts pretende ser una especie de “guía no oficial” al proceso de migración a Software Libre por partedel estado venezolano. Si usted: ♣Cree que el Software Libre essencillamente gratis y lo venden los buhoneros (sonido de chicharrita de los que pierden en los concursos de tv)♣Trabaja en una dirección o departamento de Informática de un organismo del estado, y parece un ventilador porque ya no sabe para donde voltear para que le explique quees lo que está pasando.♣Desarrolla o vende software y tiene al estado entre sus clientes, y le gustaría seguirlo teniendo.♣Alguna vez ha invertido muchos dólares en un software y lo han dejado “guindando” con el mismo.
Entonces es posible que aquí pueda aclarar algunas dudas o terminar de...
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