LEY N 26864 (Publicada el 14 de octubre de 1997) TTULO III DE LAS INSCRIPCIONES Y CANDIDATOS Artculo 6.- Para ser elegido Alcalde o Regidor se requiere 1. Ser ciudadano en ejercicio y tener Documento Nacional de Identidad. 2. Domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos aos continuos. En caso de domicilio mltiple rigen las disposiciones del Artculo 35 del CdigoCivil. CONCORDANCIA Cdigo Civil, Arts. 31 y 35 Ley N 26859, Arts. 7, 8 y 9 Artculo 7.- Los extranjeros mayores de 18 aos, residentes por ms de dos aos continuos previos a la eleccin, estn facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando estn debidamente inscritos en el registro correspondiente. Para ejercer este derecho, el extranjero se identificacon su respectivo carn de extranjera. CONCORDANCIA Constitucin Poltica del Per Art. 52 R. N 1155-2006-JNE, (Aprueban Reglamento de Inscripcin de Extranjeros Residentes en el Per para las Elecciones Municipales del ao 2006) Artculo 8.- Impedimentos para postular No pueden ser candidatos en las elecciones municipales 8.1 Los siguientes ciudadanos a) El Presidente, los Vicepresidentes y losCongresistas de la Repblica. b) Los funcionarios pblicos suspendidos o inhabilitados conforme con el Artculo 100 de la Constitucin Poltica del Estado, durante el plazo respectivo. c) Los comprendidos en los incisos 7), 8) y 9) del Artculo 23 de la Ley Orgnica de Municipalidades. d) Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Polica Nacional del Per, en actividad. e) Los trabajadores y funcionarios delos Poderes Pblicos, as como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) das naturales antes de la eleccin. 8.2 Salvo que renuncien sesenta das antes de la fecha de las elecciones a) Los Ministros y Viceministros de Estado, el Contralor de la Repblica, el Defensor del Pueblo, losPrefectos, Subprefectos, Gobernadores y Tenientes Gobernadores. b) Los miembros del Poder Judicial, Ministerio Pblico, Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura y de los organismos electorales. c) Los Presidentes de los Consejos Transitorios de Administracin Regional y los Directores Regionales sectoriales. d) Los Jefes de los Organismos Pblicos Descentralizados y losDirectores de las empresas del Estado. e) Los miembros de Comisiones Ad Hoc o especiales de alto nivel nombrados por el Poder Ejecutivo. Los alcaldes y regidores que postulen a la reeleccin no requieren solicitar licencia. Texto modificado por el Artculo 1 de la Ley N 27734, publicada el 28-05- 2002. CONCORDANCIA Constitucin Poltica del Per Arts.82, 119, 124 y 161 Ley N 26859, Arts. 104 y 114 R. N860-2006-JNE (Establecen disposiciones aplicables a los candidatos a Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros Regionales as como candidatos a Alcaldes y Regidores Municipales) Al menos 345 candidatos en las elecciones regionales y municipales de octubre prximo HYPERLINKhttp//elcomercio.pe/politica/elecciones/al-menos-345-candidatos-tienen-sentencias-vigentes-segun-jne-noticia-1749350refnota_politicaftcontenido tienen sentencias vigentes por diferentes delitos, en los que figuran nueve casos por narcotrfico, terrorismo y violacin sexual. As lo inform ayer el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), HYPERLINK http//elcomercio.pe/noticias/francisco-tavara-2454refnota_politicaftcontenido Francisco Tvara, quien precis que todos estos postulantes sern retirados de la contiendaelectoral. Pero, no tienen derecho a rehacer sus vidas En el post donde sealamos a HYPERLINK http//utero.pe/2014/07/22/primicia-de-verita-estos-son-los-actuales-candidatos-que-han-sido-condenados-por-terrorismo/ t _blank los candidatos que tenan sentencias por HYPERLINK http//utero.pe/2014/07/22/primicia-de-verita-estos-son-los-actuales-candidatos-que-han-sido-condenados-por-terrorismo/ t _blank...
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