Deberes Formales De Las Administraciones Tributarias
Deberes Formales de las Administraciones Tributarias
De acuerdo al artículo 103 del Código Tributario, son deberes sustanciales de la Administración Tributaria:
1. Ejercer sus potestades conarreglo a las disposiciones de este Código y a las normas tributarias aplicables;
2. Expedir los actos determinativos de obligación tributaria, debidamente motivados, con expresión de la documentaciónque los respalde, y consignar por escrito los resultados favorables o desfavorables de las verificaciones que realice. En caso de no acatarse esta disposición, los actos determinativos podrían inclusollegar a ser nulos [13] de pleno derecho, si por falta de motivación se lesiono el derecho de defensa del administrado.
3. Recibir toda petición o reclamo, inclusive el de pago indebido, que presentenlos contribuyentes, responsables o terceros que tengan interés en la aplicación de la ley tributaria y tramitarlo de acuerdo a la ley y a los reglamentos. Es decir, que la Administración no podráabstenerse de recibir cualquier acción (reclamo, solicitud, recurso de revisión, etc.), presentada por el contribuyente, incluso a sabiendas de que lo solicitado por el sujeto pasivo no cumple con losrequisitos establecidos para el efecto o es improcedente.
4. Recibir, investigar y tramitar las denuncias que se le presenten sobre fraudes tributarios o infracciones de leyes impositivas de sujurisdicción.
5. Expedir resolución motivada en el tiempo que corresponda, en las peticiones, reclamos, recursos o consultas que presenten los sujetos pasivos de tributos o quienes se consideren afectados porun acto de la administración.
6. Notificar los actos y las resoluciones que expida, en el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley a los sujetos pasivos de la obligación tributaria y a losafectados con ella; ya que si no se practica la notificación el acto respectivo no surte los efectos jurídicos esperados, ya que no llega a ser conocido por el contribuyente.
7. Fundamentar y...
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