Debido proceso.
Con la expedición de la Constitución Política de Colombia de 1991, en el titulo 4, capítulo 1 de dicha norma y reglamentado por la ley la Ley 134 de 1994 se consagró ladisposición en la que a todos los ciudadanos se le otorga el derecho y deber de participar e intervenir activamente en el ejercicio del control social a la labor del gobierno por medio de laplaneación, seguimiento y vigilancia de los resultados de su gestión pública que ejerce en cada uno de los mandatos y que ello es posible con la utilización de unos instrumentos que son los mecanismos de acciónparticipativa democrática que se implementó en el llamado Estado Social de Derecho.
A pesar de la expedición de esta normativa actualmente se presenta a lo largo del territorio Colombiano laproblemática de la no utilización de los mecanismos de participación ciudadana. Según datos estadísticos de la MOE (Misión de observación electoral, 2012) en los 21 años de la vigencia de la constituciónColombiana tan solo se han presentado 209 iniciativas ciudadanas a nivel nacional incluyendo el resto de las iniciativas constitucionalmente establecidas como lo son el referendos, plebiscitos ,revocatorias de mandatos, propuestas de actos legislativos y proyectos de ley. Por otro lado, el Dane (2007) a través de una encuesta evidencia cuanto conocen los ciudadanos de la existencia de los mecanismosde participación democrática en donde se obtuvo que solo conocen dos de los mecanismos: el referendo con el 66,27% y la consulta popular con el 56,23%, los demás son desconocidos. De esta misma formael Dane (2007) en el estudio obtuvo que el 81,50% de la población manifiesta no haber utilizado ninguno de los mecanismos, lo que ratifica la poca utilización de los mecanismos de participacióndemocrática. De esta manera se puede establecer que la situación del departamento del Magdalena frente al asunto de la no utilización de los mecanismos de participación ciudadana no es diferente a la...
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