Dec 2330
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NUMERO 2330 DE 2006
12 JUL 2006 Por el cual se modifica el Decreto 2200 de 2005 y se dictan otras disposiciones EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 de artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 23 de 1962 ydemás normas que la desarrollan o modifican, el numeral 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y el literal c) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993 DECRETA: ARTÍCULO 1°. Modifícase el artículo 3. del Decreto 2200 de 2005, en el siguiente aspecto: La definición de "Preparación Magistral", quedará así: "PREPARACION MAGISTRAL.- Es el preparado o producto farmacéutico para atender una prescripciónmédica, de un paciente individual, que requiere de algún tipo de intervención técnica de variada complejidad. La preparación magistral debe ser de dispensación inmediata." ARTÍCULO 2°, Modifícase el numeral 1. del artículo 11. del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así: "1. Farmacias-Droguerías.-. Estos establecimientos se someterán a los procesos de: a) Recepción y Almacenamiento. b)Dispensación. c) Preparaciones Magistrales. La dirección técnica de estos establecimientos estará a cargo del Químico Farmacéutico. Cuando las preparaciones magistrales que se elaboren consistan en preparaciones no estériles y de uso tópico, tales como: polvos. ungüentos, pomadas. cremas, geles, lociones, podrán ser elaboradas por el Tecnólogo en Regencia de Farmacia, en cuyo caso, la dirección técnicapodrá estar a cargo de este último" ARTÍCULO 3°, Derógase el parágrafo cuarto del artículo 11. del Decreto 2200 de 2005. ARTÍCULO 4°, Modificase el artículo 14. del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así: "ARTÍCULO 14. MODELO DE GESTION. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales, técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientospara cada uno de los procesos del servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas El Modelo de Gestión será determinado por el Ministerio de la protección social a más tardar el 31 de diciembre
2 DECRETO NUMERO 2330 DE 2006 HOJA No.___ Continuación del decreto "Por el cual se modifica el Decreto 2200 de 2005 y se dictan otras disposiciones " de 2006". ARTÍCULO 5°.PROCEDIMIENTO DE INYECTOLOGíA EN FARMACIAS DROGUERÍAS Y DROGUERÍAS. Las Farmacias-Droguerías y Droguerías podrán ofrecer al público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes: 1. Infraestructura y dotación. a) Contar con una sección especial e independiente, que. ofrezca la privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitioo en sitio cercano. b) Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar. c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas. d) Tener tollas desechables. e) Contar con los demás materiales y dotación necesaria para el procedimiento de ínyectología. 2. Recurso humano. El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y entrenamiento que loautorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 3. Normas de procedimientos. Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bio-seguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos. 4. Prohibiciones. No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad. 5. Solicitud de la prescripciónmédica. La prescripción médica será requisito indispensable para la administración de cualquier medicamento por vía intramuscular ARTÍCULO 6°. PROCEDIMIENTO DE MONITOREO DE GLlCEMIA CON EQUIPO POR PUNCIÓN. Las Farmacias-Droguerías y Droguerías que ofrezcan el procedimiento de inyectología. también podrán ofrecer al público el procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción, siempre y...
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