Dechos Reales
DERECHOS REALES
SECCION PRIMERA
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 881º.- Derechos Reales: numerus clausus.
Son derechos reales los regulados en este Libro y otras leyes.
Artículo 882º.- Principio de libertad de disposición de los bienes.
No se puede establecer contractualmente la prohibición de enajenar o gravar, salvo que la ley lo permita.
Artículo 883º.-DEROGADO (*)
Artículo 884º.- Régimen legal de propiedades incorporales.
Las propiedades incorporales se rigen por su legislación especial.
BIENES
CLASES DE BIENES
Artículo 885º.- Bienes inmuebles.
Son inmuebles:
1. El suelo, el subsuelo y el sobresuelo.
2. El mar, los lagos, los ríos, los manantiales, las corrientes de agua y las aguas vivas o estanciales.
3. Las minas, canteras ydepósitos de hidrocarburos.
4. Las naves y aeronaves.
5. Los diques y muelles.
6. Los pontones, plataformas y edificios flotantes.
7. Las concesiones para explotar servicios públicos.
8. Las concesiones mineras obtenidas por particulares.
9. Las estaciones y vías de ferrocarriles y el material rodante afectado al servicio.
10. Los derechos sobre inmuebles inscribibles en el registro.
11.Los demás bienes a los que la ley les confiere tal calidad.
Artículo 886º.- Bienes muebles.
Son muebles:
1. Los vehículos terrestres de cualquier clase.
2. Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación.
3. Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin temporal.
4. Los materiales de construcción o procedentes de una demolición si no están unidos al suelo.
5. Los títulosvalores de cualquier clase o los instrumentos donde conste la adquisición de créditos o derechos personales.
6. Los derechos patrimoniales de autor, de inventor, de patentes, nombres, marcas y otros similares.
7. Las rentas o pensiones de cualquier clase.
8. Las acciones o participaciones que cada socio tenga en sociedades o asociaciones, aunque a éstas pertenezcan bienes inmuebles.
9. Los demásbienes que puedan llevarse de un lugar a otro.
10. Los demás bienes no comprendidos en el artículo 885º.
PARTES INTEGRANTES Y ACCESORIOS
Artículo 887º.- Parte integrante.
Es parte integrante lo que no puede ser separado sin destruir, deteriorar o alterar el bien.
Las partes integrantes no pueden ser objeto de derechos singulares.
Artículo 888º.- Bienes accesorios.
Son accesorios losbienes que, sin perder su individualidad, están permanentemente afectados a un fin económico u ornamental con respecto a otro bien.
La afectación sólo puede realizarla el propietario del bien principal o quien tenga derecho a disponer de él, respetándose los derechos adquiridos por terceros.
Los accesorios pueden ser materia de derechos singulares.
El aprovechamiento pasajero de un bien para lafinalidad económica de otro no le otorga la calidad de accesorio.
La separación provisional del accesorio para servir a la finalidad económica de otro bien, no le suprime su calidad.
Artículo 889º.- Vinculación de partes integrantes y accesorios con el bien principal.
Las partes integrantes de un bien y sus accesorios siguen la condición de éste, salvo que la ley o el contrato permita sudiferenciación o separación.
FRUTOS Y PRODUCTOS
Artículo 890º.- Concepto de frutos.
Son frutos los provechos renovables que produce un bien, sin que se altere ni disminuya su sustancia.
Artículo 891º.- Clases de frutos.
Los frutos son naturales, industriales y civiles. Son frutos naturales los que provienen del bien, sin intervención humana. Son frutos industriales los que produce elbien, por la intervención humana. Son frutos civiles los que el bien produce como consecuencia de una relación jurídica.
Artículo 892º.- conceptos de frutos industriales y civiles
Los frutos naturales, industriales y civiles pertenecen al propietario, productor y titular del derecho respectivamente, sin perjuicio de los derechos adquiridos.
Se perciben los frutos naturales cuando se...
Regístrate para leer el documento completo.