Declaracion De Ausencia & Presuncion De Muerte En Mexico
De la presunción de muerte del ausente.
1.- Necesitan transcurrir 6 años desde la declaración de la desaparición de una persona para que un juez pueda hacer una declaración de presunción de muerte.
2.- En casos especiales como:
a) Participación en una guerra.
b) Encontrarse a bordo de un buque que naufrague.
c) Verificar unainundación u siniestro que se le parezca.
Bastarán dos años contados desde la desaparición de la persona para hacer una presunción de muerte.
*Se deberán tomar medidas provisionales autorizadas por el capítulo I de este Título.
3.- En eventos como:
- Incendio, explosión, terremoto, catástrofe aérea o ferroviaria.
Y exista presunción de que el desaparecido se encontraba en el lugar delsiniestro o catástrofe, bastarán seis meses para declarar una presunción de muerte. El juez acordará la publicación de la misma sin costo alguno.
4.- Una vez declarada la presunción de muerte, se abrirá el testamento del ausente, si no estuviere ya publicado conforme al artículo 680*
Los poseedores del testamento, darán cuenta de su administración en los términos señalados en el artículo694**, y los herederos y demás interesados entrarán en la posesión definitiva de los bienes, sin garantía alguna.
5.- En caso de llegar a comprobar la muerte del presunto fallecido,
- La herencia se transfiere a las personas que debieron heredar al tiempo de ella pero el poseedor o poseedores de los bienes hereditarios.
- Se reservarán los frutos correspondientes a la época de la posesiónprovisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 697***, y todos ellos, desde que obtuvieron la posesión definitiva.
6.- Si el ausente llegase a presentarse, o bien, se probare su existencia después de otorgada la posesión definitiva:
a) Le serán devueltos sus bienes en el estado en que se hallen.
b) Le será devuelto el precio de los enajenados, o los que se hubieren adquirido con elmismo precio.
c) No podrá reclamar frutos ni rentas.
7.- Al ser realizada la declaración o presunción de muerte, se hubieren aplicado los bienes a los que por testamento o sin él se tuvieren por heredados, y después se presentaren otros pretendiendo que ellos deben ser preferidos en la herencia, y así se declara por sentencia que cause ejecutoria, la entrega de los bienes se hará a éstos enlos mismos términos en que, según los artículos 697*** y 708****, debiera hacerse al ausente si se presentara.
8.- Los herederos finales darán cuenta al ausente y a sus herederos. El plazo legal correrá desde el día en que el primero se presente por sí o por apoderado legítimo, o desde aquel en que por sentencia que cause ejecutoria se haya deferido la herencia.
9.- La posesión definitivatermina:
I. Con el regreso del ausente;
II. Con la noticia cierta de su existencia;
III. Con la certidumbre de su muerte;
IV. Con la sentencia que cause ejecutoria, en el caso del artículo 709*****.
10.- En el caso segundo del número anterior, los poseedores definitivos serán considerados como provisionales desde el día en que se tenga noticia cierta de la existencia del ausente.11.- La sentencia que declare la presunción de muerte de un ausente casado, pone término a la sociedad conyugal.
12.- En el caso previsto por el artículo 703******, el cónyuge sólo tendrá derecho a los alimentos.
* Artículo 680. El juez, de oficio o a instancia de cualquiera que se crea interesado en el
testamento ológrafo, abrirá éste en presencia del representante del ausente, con citaciónde los que
promovieron la declaración de ausencia y con las demás solemnidades prescritas para la apertura
de esta clase de testamento.
** Artículo 694. Los que entren en la posesión provisional tienen derecho de pedir cuentas al
representante del ausente y éste entregará los bienes y dará las cuentas en los términos
prevenidos en los capítulos XII y XIV del título IX de este...
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