Declaracion de un accidente laboral en venezuela
Información Inmediata de Accidente
• Instructivo
INSTRUCTIVO
INFORMACIÓN INMEDIATA DE ACCIDENTES
Obligación de Informar:
Todo empleador o empleadora tiene el deber de informar la ocurrencia de los accidentes de trabajo
de forma inmediata ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el
Comité de Seguridad Laboral y elSindicato, de conformidad a lo establecido en el artículo 73 de
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en lo sucesivo Lopcymat y
el artículo 83 del Reglamento Parcial de dicha ley.
Lapsos para la Información:
_ Los lapsos para la Información Inmediata del Accidente de Trabajo debe realizarse en el
siguiente orden:
1. Al Inpsasel dentro de los sesenta (60) minutossiguiente de la ocurrencia del accidente.
2. Al Comité de Seguridad y Salud Laboral dentro de las doce (12) horas siguientes de la
ocurrencia del accidente. Artículo 73 de la Lopcymat.
Cuales Accidentes se deben Informar:
La Lopcymat establece en su artículo 69 la definición de accidente de trabajo: “Se entiende por
accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadorauna lesión
funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una
acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con
ocasión del trabajo.
Serán igualmente accidentes de trabajo:
1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a
agentes físicos, mecánicos, químicos,biológicos, psicosociales, condiciones metereológicas
sobrevenidos en las mismas circunstancias.
2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando
tengan relación con el trabajo.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su
centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sidonecesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la
trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.
4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de
cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar
donde se ejerciten funciones propias de dichoscargos, siempre que concurran los
requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior”.
En ese sentido se desprende de este articulado que todo suceso que produzca en el trabajador o la
trabajadora una lesión funcional o corporal, indistintamente de su gravedad debe ser informado y
posteriormente declarado formalmente dentro de las veinticuatro (24) horassiguientes a la
ocurrencia del accidente, según lo señalado en el artículo 73 de la Lopcymat y artículo 84 del
Reglamento de la Lopcymat.
Formas de Informar:
La información de los accidentes de trabajo puede ser procesada por el portal Web del
instituto, vía telefónica o fax de la diresat de la jurisdicción donde ocurrió el suceso.
1. Portal Web:
El procedimiento a seguir para informar por elportal Web es el siguiente:
_ Ingrese a la dirección http://www.inpsasel.gov.ve/
_ Seguidamente proceda abrir en la sección Declaración de Accidente de Trabajo ubicada en
la parte superior izquierda de la página el link Información Inmediata de Accidente, donde
inmediatamente se desplegará el formato a ser empleado.
_ Proceda al llenado del mismo con la información allí solicitada. Una vezvaciada
correctamente la información proceda hacer click en el campo denominado “enviar la
información”
_ Seguidamente proceda a la impresión de la constancia de información inmediata de
accidente y proceda al archivo de la misma para futura verificación del cumplimiento de
este deber por parte de los funcionarios de inspección.
Recuerde que el hecho de informar de la ocurrencia del...
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