Declaraciones tributarias extempor neas se pueden presentar sin pago
Inicio » Impuestos. » (05 / 09 / 2014 )
Las declaraciones tributarias que se presenten de forma extemporánea se pueden presentarsin pago excepto las declaraciones de retención en la fuente.
Nos consultan nuestros lectores si una declaración de renta que se presente extemporáneamente, y en la que se liquidan impuesto,sanciones e intereses se puede presentar sin pago.
Indudablemente que sí es posible presentar la declaración sin pago, ya que el hecho de no pagar los valores liquidados y declarados no es un hecho queinvalide la declaración de renta o de Iva.
Lo importante es que el contribuyente presente la declaración para poner fin al incumplimiento de su obligación formal de declarar, que es lo más importantepuesto que cumplida la obligación formal, la obligación sustancial de tributar se cumplirá sin problemas, puesto que el contribuyente ya ha liquidado los valores a favor del estado, y este cuenta conlos mecanismos para hacer efectivo el recaudo si es que el contribuyente en el futuro no paga los valores que declaró.
Si el contribuyente no tiene dinero para pagar los valores resultantes en ladeclaración, no debe preocuparse, y por el contrario debe presentar a la mayor brevedad la declaración, puesto que la sanción por extemporaneidad deja de correr en el momento en que se presenta ladeclaración así sea sin pago, y recordemos que entre más tiempo se deje pasar, más se debe pagar por esta sanción.
Cuando el futuro se decida pagar los valores consignados en la declaración, se debenactualizar los intereses, único concepto que cambia con el paso del tiempo, puesto que el impuesto a cargo y la sanción, una vez liquidados permanecerán espáticos en el tiempo.
Por último reiterar que enel caso de la declaración de retención en la fuente sí se debe pagar al momento de presentar la declaración, pues de no hacerlo la declaración se considera ineficaz sin necesidad que medie un acto...
Regístrate para leer el documento completo.