DECRETO 101
TITULO I
Definiciones y afiliación
Artículo 1° Para los efectos del presente
reglamento, se entenderá por:
a) "Trabajador" a toda persona, sea empleado,
obrero,aprendiz, servidor doméstico o que en cualquier
carácter preste servicios a las "entidades empleadoras"
definidas por el artículo 25° de la ley y por los
cuales obtenga una remuneración, cualquiera quesea su
naturaleza jurídica;
b) "Trabajadores independientes" a todos
aquellos que ejecutan algún trabajo o desarrollan
alguna actividad, industria o comercio, sea
independientemente o asociadoso en colaboración con
otros, tengan o no capital propio y sea que en sus
profesiones, labores u oficios predomine el esfuerzo
intelectual sobre el físico o éste sobre aquél y que
no estén sujetosa relación laboral con alguna entidad
empleadora, cualquiera sea su naturaleza, derivada del
Código del Trabajo o estatutos legales especiales, aun
cuando estén afiliados obligatoria ovoluntariamente a
cualquier régimen de seguridad social;
c) "INP", al Instituto de Normalización
Previsional, como sucesor legal del ex - Servicio
de Seguro Social y de las ex - Cajas de
Previsión,fusionados en el mismo;
d) "Seguro", al Seguro Social contra Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales;
e) "Mutualidades", a las Mutualidades de
Empleadores que podránadministrar el seguro a las que
se refiere el artículo 12° de la ley;
f) "Servicio" o "Servicios", a los Servicios de
Salud;
g) "Seremi", a la o las Secretaría(s) Regional
(es) Ministerial(es) deSalud;
h) "Organismos administradores", al Instituto de
Normalización Previsional, a los Servicios de Salud, a
las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y a
las Mutualidades deEmpleadores;
i) "Administradores delegados" o
"administradores delegados del seguro" a las entidades
empleadoras que, en la forma y condiciones establecidas
en la ley y en el presente reglamento,...
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