Decreto 1011/06
Atención en Salud
Mediante decreto 1011/06 (Abril 3), el Gobierno Nacional establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de laAtención de Salud.
Las disposiciones del decreto se aplican a los Prestadores de Servicios de Salud, las Entidades Promotoras de Salud, las Administradoras del Régimen Subsidiado, las Entidades Adaptadas,las Empresas de Medicina Pre-pagada y a las Entidades Departamentales, Distritales y Municipales de Salud.
El Decreto define la Atención de salud como el conjunto de servicios que se prestan alusuario en el marco de los procesos propios del aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamientoy rehabilitación que se prestan a toda la población.
Así mismo establece que la Calidad de la atención de salud es la provisión de servicios de salud a los usuarios individuales y colectivos demanera accesible y equitativa, a través de un nivel profesional óptimo, teniendo en cuenta el balance entre beneficios, riesgos y costos, con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de dichosusuarios.
Define además el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SOGCS como el conjunto de instituciones, normas,requisitos, mecanismos y procesos deliberados y sistemáticos que desarrolla el sector salud para generar, mantener y mejorar la calidad de los servicios de salud en el país.
El Decreto además crea elllamado Sistema Único de Habilitación. Entendido por tal, el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de lascondiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico-administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los...
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