decreto 1102 de 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA
liberlrld yOrden
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO
1102
Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 862 de 2013
EL PRESIDENTEDE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los
numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en elartículo 37 de [a Ley 1607
de 2012.
CONSIDERANDO
Que el artículo 20 de la Ley 1607 de 2012 consagró el impuesto sobre la renta para la equidad
-CREE, como el aporte con el que contribuyen lassociedades y personas jurídicas y asimiladas
contribuyentes del impuesto sobre la renta, nacionales y extranjeras, declarantes del impuesto
sobre [a renta, en beneficio de [os trabajadores, la generación deempleo y [a inversión social.
Que el Gobierno Nacional, en cumplimiento a [o dispuesto por la Ley 1607 de 2012, expidió el
Decreto 862 de 2013, mediante el cual se implementa el mecanismo deretención en [a fuente,
con el fin de facilitar, asegurar y acelerar el recaudo de este impuesto.
Que el artículo 37 de la Ley 1607 de 2012, dispone que el Gobierno Nacional podrá establecer
retencionesen la fuente en el impuesto sobre la renta para la equidad CREE y determinar los
porcentajes, tomando en cuenta la cuantía de los pagos o abonos en cuenta.
Que se hace necesario modificar las fechasde vencimiento de la declaración de las retenciones
en la fuente por concepto de impuesto sobre la renta para la equidad CREE, con el fin de
facilitar el deber de declarar por parte de losobligados,
DECRETA
ARTICULO 1. Modificase el inciso 1 del artículo 4 del Decreto 862 de 2013, el cual quedará así:
ARTíCULO 4. DECLARACiÓN Y PAGO. Los agentes de retención del impuesto sobre la rentapara la equidad - CREE deberán declarar y pagar las retenciones efectuadas en cada mes, en
el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Los plazos para presentar...
Regístrate para leer el documento completo.