Decreto 1258 De 1959
(abril 30)
Diario Oficial No. 29.954, del 21 de mayo de 1959
Por la cual se reglamenta la ley 15 de 1959 sobre “Intervención del Estado en el Transporte” y “Creación del Fondode Subsidio de Transporte”
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
DECRETA:
(….)
CAPITULO II.
AUXILIO DE TRANSPORTE
ARTICULO 2o. El auxilio de transporte de que trata la Ley 15 regirá, enbeneficio de todo trabajador dependiente, cuya remuneración mensual no sea superior a mil quinientos pesos ($1.500.00) y que resida o trabaje en los siguientes municipios: Bogotá, Medellín, Cali,Barranquilla, Cartagena, Manizales, Bucaramanga, Ibagué, Cucuta, Pasto, Santa Marta, Neiva, Popayán, Pereira, Palmira, Armenia y Tulua.
ARTICULO 3o. El auxilio de transporte se pagará en todo caso deacuerdo con la tarifa regular más baja que rija para los vehículos colectivos del servicio público urbano en la ciudad donde el trabajador resida o preste sus servicios.
ARTICULO 4o. Exclusivamentetendrán derecho a este auxilio los trabajadores que residan a una distancia de mil (1000) metros o más del lugar del trabajo.
ARTICULO 5o. El auxilio de transporte se pagará únicamente en los días en que eltrabajador preste sus servicios al respectivo patrono, y cubrirá el número de viajes que tuviere que hacer para ir al lugar de trabajo y retirarse de él, según el horario de trabajo.
Pero si eltrabajador, para trasladarse al lugar del trabajo o de éste a su residencia, necesitare dos o más vehículos, el patrono solo estará obligado a pagar el valor del pasaje de uno de ellos, y según la tarifaindicada en el artículo 3o de este Decreto.
ARTICULO 6o. Si el patrono prestare servicio de comedores y el trabajador tomase allí su alimentación, no tendrá derecho al auxilio en el intervalo quedivide la jornada de trabajo.
ARTICULO 7o. El pago del auxilio de transporte se rige por los periodos regulares de los salarios y se le hará directamente al trabajador.
ARTICULO 8o. Para los efectos...
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