DECRETO 1443 de 2014
Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión
De la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el
Numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 1 ° de la Ley
1562 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que deconformidad con el artículo 2° del Decreto 1295 de 1994, los objetivos generales del Sistema General de Riesgos Laborales son la promoción de la seguridad y salud en el trabajo y la prevención de los riesgos laborales, para evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Que la Comunidad Andina, de la cual Colombia es miembro, en la Decisión 584 adoptó el "Instrumento Andino de Seguridad y Salud enel Trabajo", mediante el cual se establecen las normas fundamentales en materia de seguridad y salud en el trabajo que sirven de base para la gradual y progresiva armonización de las leyes y los reglamentos que regulen las situaciones particulares de las actividades laborales que se desarrollan en cada uno de los Países Miernbros, y que deberán servir al mismo tiempo para impulsar en talespaíses la adopción de directrices sobre sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo así como el establecimiento de un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo;
Que el artículo 56 del Decreto 1295 de 1994, sobre la prevención de lo.s riesgo laborales, establece como una de las responsabilidades del Gobierno Nacional, l de expedir las normas reglamentarias técnicastendientes a garantizar la seguridad' de los trabajadores y de la población en general, en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Que el artículo 1° de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, estableció que el programa de salud ocupacional se entenderá como el Sistema de Gestión de la, Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
Que la Organización Internacional del Trabajo - OITpublicó en el año 2001, las Directrices relativas a los sistemas de gestión de la 'seguridad y la salud en el trabajo (ILO-OSH 2001) las cuales, debido a su enfoque tripartito, se han convertido en un modelo ampliamente utilizado para elaborar normas nacionales en este ámbito y que como tal, se han tomado como guía para elaborar el presente decreto.
Que el Gobierno Nacional, a través' delMinisterio del Trabajo - Dirección de Riesgos laborales, realizó consulta pública y mesas de trabajo con expertos y representantes de la academia, sociedades científicas, empleadores, trabajadores y Administradoras de Riesgos laborales a nivel nacional, para compartir y concertar el contenido del presente decreto.
En mérito de lo expuesto
DECRETA
Capituló I
Objeto, campo de aplicación y definiciones.Artículo 1. Objeto y Campo de Aplicación. El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones deeconomía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
Artículo 2. Definicior1(3s: Para los efectos del presente decreto, se aplican las siguientes definiciones:
1. Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad .detectadau otra situación no deseable.
2. Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, para lograr mejoras en el desempeño dela organización en la seguridad y la salud en el trabajo de forma coherente con su política.
3. Acción preventiva: Acción para eliminar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no...
Regístrate para leer el documento completo.