DECRETO 1607 DE 2002 1
LINA ALVAREZ
Por el cual se modifica la Tabla de Clasificación de
Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos
Profesionales y se dictan otras disposiciones.
Debido a la globalización de la economía que trae consigo
incorporación de nueva tecnología y procesos productivos
que han generado nuevas actividades económicas, se hace
necesario modificar latabla de clasificación de actividades
económicas para el Sistema General de Riesgos
Profesionales.
DECRETO 1607 DE 2002
Que mediante Resolución 0056 de 1998, el Departamento
Administrativo Nacional deEstadísticas (DANE), estableció la única
Clasificación de Actividades Económicas para Colombia CIIU revisión 3
de 1989, adoptando la Clasificación Industrial Internacional Uniforme,
por lo que sehace necesario ampliar la tabla de actividades
económicas del Sistema General de Riesgos Profesionales, logrando
con ello la estandarización y la
generación de estadísticas
comparativasinternacionalmente;
Que el Consejo Nacional de Riesgos Profesionales en su Sesión número
26 del 28 de enero de 2002, recomendó modificar la Tabla de
Clasificación de Actividades Económicas, para el Sistema Generalde
Riesgos Profesionales;
Que teniendo en cuenta los criterios de salud ocupacional emitidos por
entidades especializadas, se ratifica la necesidad de modificar la Tabla
de Clasificación deActividades Económicas, adoptando la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Actividades
Económicas,
CLASIFICACIÓN CIIU
Mediante la Resolución 0056 de 1998, el
Departamento AdministrativoNacional de
Estadísticas (DANE), estableció la Única
Clasificación de Actividades Económicas para
Colombia CIIU, adoptando la Clasificación
Industrial Internacional Uniforme, por lo que
se hace necesarioampliar la tabla de
actividades económicas del Sistema General
de Riesgos Profesionales.
CAMPO DE APLICACIÓN
El presente decreto se aplica a los afiliados al
Sistema General de Riesgos...
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