Decreto 1741 De Ambiente
25 de julio de 1991
CARLOS ANDRÉS PÉREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA En uso de la atribución que le confiere el Numeral 10 del artículo 190 de la constitución y de conformidad con lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley Orgánica del Ambiente, en Consejo de Ministros, Decreta El siguiente:
REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE SOBRE ESTUDIOS DEIMPACTO AMBIENTAL*
CAPÍTULO I, Disposiciones Generales
Artículo 1° El presente Reglamento tiene por objeto establecer los principios básicos, requisitos y procedimientos a los cuales deberá sujetarse la elaboración, evaluación y ejecución de los Estudios de Impacto Ambiental, necesarios para el control y corrección de actividades susceptibles de degradar el ambiente o crear un riesgo tecnológicoque puedan causar daños ambientales.
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Transcrito de la Gaceta Oficial N° 34.786 del 28 de agosto de 1991
REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
CAPÍTULO I, Disposiciones Generales
Artículo 2° La variable ambiental debe incorporarse a los planes, programas y proyectos de desarrollo desde sus etapas iniciales a irse ajustando a lasdistintas etapas de prefactibilidad, factibilidad, diseño, ejecución, construcción, puesta en marcha, operación, mantenimiento, clausura y desmantelamiento, hasta lograr que las propuestas del diseño conceptual o básico se transformen en acciones de desarrollo, obras y programas compatibles desde el punto de vista económico y ambiental. Artículo 3° Se considera como Estudio de Impacto Ambiental alanálisis técnica e interdisciplinario que se realiza sobre un plan, programa o proyecto propuesto, a fin de predecir los impactos ambientales que puedan derivarse de su ejecución y proponer las acciones y medidas para minimizar sus efectos degradantes.
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REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE SOBRE ESTUDIOS DEIMPACTO AMBIENTAL
CAPÍTULO II, De los Proyectos Sujetos a la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental
CAPÍTULO II, De los Proyectos Sujetos a la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental
Artículo 4° Las actividades que estarán sujetas a la preparación de estudios de Impacto Ambiental, serán aquellas clasificadas mediante la evaluación del Cuestionario Básico Ambiental y laverificación de las Listas de Proyectos que requieran dichos estudios, los cuales serán promulgados por Resolución. La planificación y el desarrollo de esas actividades, deberán someterse a las disposiciones establecidas en este Reglamento. Parágrafo Único: El Ministerio establecerá en la señalada Resolución los lineamientos conforme a los cuales deberá integrarse la variable ambiental al análisis oestudio ambiental en las diferentes etapas de planificación del Proyecto. Artículo 5° Quedan exceptuados de la aplicación del presente Reglamento los proyectos en áreas urbanas, salvo los de carácter industrial que por sus características pudieren ser susceptibles de degradar el ambiente. Artículo 6° Cuando por circunstancias de emergencia sea necesario acometer acciones inmediatas que puedan teneralgún efecto sobre el ambiente, el ente a quien competa ejecutarlos, deberá consultar al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables para incorporar las medidas mitigantes necesarias a fin de controlar los impactos ambientales originados por la emergencia o por las obras acometidas para solventar la situación.
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CAPÍTULO III, Del Procedimiento
CAPÍTULO III, Del Procedimiento
Artículo 7° Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretenden desarrollar actividades susceptibles de degradar el ambiente, deberán llenar el Cuestionario Básico Ambiental y presentarlo ante el Ministerio del...
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