decreto_19 2013
DIARIO de CENTRO AMÉRICA
Guatemala, VIERNES 20 de diciembre 2013
ARTÍCULO 4. Se reforma el articulo 5 de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto
Número 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, el cual queda así:
"Articulo 5. Presunción de onerosidad. Las cesiones y enajenaciones de bienes
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 19-2013
EL CONGRESO DE LAREPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Estado tiene como fin supremo la realización del bien común de los guatemaltecos
y que es deber de éstos guardar una conducta fraternal entre si, lo que los obliga a
contribuir a los gastos públicos en forma equitativa, con justicia tributaria y capacidad de
pago.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Politica de la República de Guatemala establece que elrégimen
económico y social del Estado se funda en principios de justicia social con el fin de
alcanzar el desarrollo económico y social, en un contexto de estabilidad con crecimiento
acelerado, sostenible y sustentable.
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala, como legítimo representante del pueblo
de Guatemala, le corresponde decretar, reformar y derogar las leyes; entreéstas, las de
materia tributaria. con el objeto de combatir la evasión y efusión fiscal y la actualización y
adecuación moderna de las disposiciones tributarias, con base en principios
constitucionales de solidaridad y subsidiaridad, justicia y equidad tributarias; y, capacidad
de pago,
CONSIDERANDO:
Que la aplicación del Decreto Número 10-2012 del Congreso de la República de
Guatemala, Ley deActualización Tributaria, ha permitido advertir la necesidad de clarificar
y concretar algunos aspectos de las disposiciones contenidas en dicha normativa, a
efecto de incrementar su eficacia y lograr su aplicación en forma sencilla, garantizando la
seguridad y certeza jurídicas, al contribuyente sobre los derechos y obligaciones que les
corresponden, asi como una mayor eficiencia de la AdministraciónTributaria para la
recaudación. control y fiscalización de los impuestos establecidos en dicha Ley
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 135 literal d) y 171. literales
a) y c), 239 y 243 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes.
REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO, DECRETO NÚMERO 6-91 DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAY SUS REFORMAS; A LA LEY DE
ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA, DECRETO NÚMERO 10-2012 DEL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA DE GUATEMALA; Y, A LA LEY DEL IMPUESTO DE TIMBRES
FISCALES Y PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS, DECRETO
NÚMERO 37-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CAPÍTULO I
REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO, DECRETO NÚMERO 6-91 DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO 1. Se reformael numeral 4 del articulo 85 del Código Tributario, Decreto
Número 6-91 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así:
"No haber autorizado y habilitado los libros contables establecidos en el Código de
Comercio y habilitado los libros que establecen las leyes tributarias específicas."
ARTÍCULO 2. Se reforma el artículo 99 "A" del Código Tributario, Decreto Número 6-91
delCongreso de la República y sus reformas, el cual queda así:
"Artículo 99 "A". Cobro de saldos deudores líquidos y exigibles. Cuando
existan saldos líquidos y exigibles a favor de la Administración Tributaria, ésta le
notificará al contribuyente sobre tal circunstancia y le requerirá el pago de lo
adeudado administrativamente, el que debe efectuarse dentro del plazo de cinco
(5) días, contados a partirdel día siguiente de la notificación del requerimiento.
De no obtenerse el pago correspondiente. se procederá al cobro por la vía
Económico Coactiva."
CAPITULO II
REFORMAS A LA LEY DE ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA, DECRETO NÚMERO
10-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
ARTÍCULO 3. Se reforma el primer párrafo del numeral 3 del artículo 4 de la Ley de
Actualización Tributaria, Decreto...
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