Decreto 2649
CAPITULO I
De conformidad con el artículo 6 de la ley 43 de 1990. Con fecha 29 de diciembre de 1993 se expide el decreto 2649, con el fin de que toda persona de acuerdo conla ley estén obligados a llevar una contabilidad sobre las actividades de tipo económico que se presenten en sus determinados ciclos.
Los artículos y normas de contabilidad generalmente aceptadosen Colombia, por principios son el conjunto básico para registrar e informar contablemente sobre asuntos de actividades de personas naturales o jurídicas, la contabilidad nos ayuda a identificar,medir, clasificar, registrar, interpretar , analizar, evaluar e informar, las transacciones de cualquier ente económico de manera clara y confiable.
CAPITULO II
Todo ente económico deberá brindarinformación de tipo contable para:
• Ayudar a la conformación de información de estadística nacional y a su vez contribuir a la evaluación del impacto social de la actividad económica en la comunidad.• Fundamentar cargas de tipo tributario, precios, tarifas, además, de ayudar a los directores de empresa a planear a futuro inversiones, créditos y de control al flujo de efectivos en el enteeconómico.
• La información debe ser clara, comprensible y de fácil entendimiento.
• Las bases de la información deben ser verídicas y uniformes para posibles comparaciones.
• La información deberá serpertinente cuando posea valores de realimentación y predicción a futuras transacciones del ente económico.,
El decreto 2649, a su vez permite unificar la información financiera a nivel nacional,para establecer estadísticas que predisponen medidas de choque, a futuras negociaciones por parte del ente económico, a su vez que servirá de base para confrontar información con otras economías y asítomar determinaciones que pueden en cierto momento favorecerlas.
La normatividad de este decreto cobija a aquellas empresas que aunque pequeñas, no se obligan ante el estado a llevar contabilidad...
Regístrate para leer el documento completo.