Decreto 283 96 Complementario
Resolución del 12/8/96
RESOLUCIÓN DEL 12/8/96
PRECISIÓN AL DEC. 283/96
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 12 de agosto de 1996.
VISTO : El Decreto 283/96 del10/07/96 relativo a la presentación ante la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social del Estudio de Seguridad e Higiene en toda obra comprendida en lo dispuesto por el artículo 2º del decreto 89/95del 21/02/95, que se registre ante la Sección Trámite y Registro de la Construcción de la Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR).
CONSIDERANDO: oportuno precisar el contenido del artículo 5º delreferido decreto.
ATENTO : A lo precedentemente expuesto
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
En aquellas obras que tengan menos de 8 metros de altura y una profundidad menor a 1,50metros, exceptuados por el artículo 5º del referido decreto (presentación del Estudio y Plan de Seguridad), el propietario de la obra o la empresa constructora, deberá firmar una declaración jurada en laque conste que se encuentra comprendida en dicha excepción.
En aquellas obras que tengan más de 8 metros de altura y más de 1,50 metros de profundidad y que a criterio del Arquitecto Ingeniero nomerezcan un Estudio de Seguridad e Higiene (artículo 5º del decreto 283/96), se deberá realizar una constancia de que no existe riesgo para la vida y la salud de los trabajadores en la obra. La referidaconstancia firmada por alguno de los profesionales mencionados anteriormente, deberá ser presentada ante la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social por el propietario de la obra o por laempresa constructora.
En aquellas obras de más de 8 metros de altura o más de 1,50 metros de profundidad, cuyos titulares presenten la solicitud de inclusión en la excepción del artículo 5º del referidodecreto, que no lleven firma de Arquitecto o Ingeniero, dicha solicitud será evaluada por la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social, quién decidirá la inclusión o no en la referida...
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