decreto 3213 84

Páginas: 10 (2381 palabras) Publicado: 28 de junio de 2015
DECRETO REGLAMENTARIO SOBRE CIUDADANIA Y NATURALIZACION

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través de InfoLEG, base de datos
del Centro de Documentación e
Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

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CIUDADANIA
Reglamentación de la Ley Nro. 23.059. Deróganse los Decretos N° 2.367/78 y N° 1.312/79.
DECRETO N° 3.213
Bs. As., 28/9/84
VISTO, la Ley N°23.059 y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada norma deroga la Ley de facto N° 21.795 y restituye en su plena vigencia las Leyes
Nros. 346, 16.801 y 20.835, derogándose las otras normas modificatorias.
Que establece asimismo que conservan su plena vigencia la Ley Nro. 16.569, el Decreto-Ley N°
17.692 y el artículo 91 de la Ley N° 20 957.
Que resulta necesario, para el mejor cumplimiento de los fines de laLey N° 23.059, reglamentar la
misma a fin de aclarar y complementar sus preceptos.
Que asimismo es conveniente coordinar todos aquellos aspectos en que deben intervenir o participar
organismos administrativos a fin de asegurar el mejor ejercicio de los derechos o el fiel cumplimiento
de las obligaciones emergentes de las normas citadas.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:Artículo 1° — Deróganse los Decretos Nro. 2.367 del 6 de octubre de 1978 y Nro. 1.312 del 5 de
junio de 1979, como así también todas las normas reglamentarias que se opongan a las disposiciones
del presente decreto.
Art. 2° — Los hijos de padre o madre argentinos nativos, contemplados en el artículo 1°, inciso 2° de
la Ley número 346, obtendrán la ciudadanía por opción con sólo acreditar dichacircunstancia.
Cuando se tratare de menores de dieciocho (18) años de edad, hijos de padre o madre argentinos
nativos, que no fueren reconocidos como nacionales por el Estado donde ocurrió el nacimiento, o que
por cualquier otro motivo sufrieren la condición de apátridas, la opción a la ciudadanía argentina
podrá ser formulada por quien ejerza la patria potestad, siempre que pruebe que el menor revisteaquella condición.

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25471/norma.htm

05/12/2011

DECRETO REGLAMENTARIO SOBRE CIUDADANIA Y NATURALIZACION

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Los comprendidos dentro de las previsiones de la Ley N° 16.569 deberá acreditar la ciudadanía nativa
o por naturalización, de padre y madre, y demás circunstancias indicadas en los artículos 1° y 2° de la
norma legalmencionada. En todos los casos, cuando se actúe por medio de representante se deberá
acompañar poder especial.
Art. 3° — Los extranjeros designados en el artículo 2° inciso 1° de la Ley N° 346, al tiempo de
solicitar su naturalización deberán cumplimentar las siguientes condiciones:
a) tener dieciocho (18) años de edad cumplidos
b) residir en la República dos (2) años continuos
c) manifestar ante losjueces federales su voluntad de serlo.
También podrán obtener la naturalización cualquiera sea el tiempo de su residencia los extranjeros
que acrediten las siguientes circunstancias:
a) haber desempeñado con honradez empleos en la Administración Pública Nacional, Provincial o
Municipal o en el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud, dentro
o fuera de laRepública.
b) haber servido en las Fuerzas Armadas Argentinas o haber asistido a una acción de guerra en
defensa de la Nación.
c) haber establecido en el país una nueva industria, introducido una invención útil o realizado
cualquier otra acción, que signifique un adelanto moral o material para la República.
d) hallarse formando parte de las colonias establecidas o que se establecieren en cualquier puntodel
país.
e) habitar o promover el poblamiento del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas
del Atlántico Sud.
f) tener cónyuge o hijo argentino nativo.
g) ejercer la docencia en cualquiera de sus ramas.
Son causas que impedirán el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, las
siguientes:
a) no tener ocupación o medios de subsistencia honestos
b) estar...
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