Decreto 3390

Páginas: 5 (1189 palabras) Publicado: 4 de agosto de 2012
Decreto sobre Software Libre de la República
Bolivariana de Venezuela (Decreto 3.390)
Ciudadano Presidente Hugo Chávez
Publicado en la Gaceta oficial Nº 38.095 de fecha 28/ 12/ 2004, Decreto Nº 3.390 Fecha: 23 de
diciembre de 2004
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 110 y 226 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, 12 y 47 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública y, 2º, 19 y
22 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, en
Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que es prioridad del Estado incentivar y fomentar la producción de bienes y servicios para
satisfacer las necesidades de la población,
CONSIDERANDO
Que el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos fortalecerá la industriadel
software nacional, aumentando y fortaleciendo sus capacidades,
CONSIDERANDO
Que la reducción de la brecha social y tecnológica en el menor tiempo y costo posibles, con
calidad de servicio, se facilita con el uso de Software Libre desarrollado con Estándares
Abiertos,
CONSIDERANDO
Que la adopción del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la Administración
Pública y en losservicios públicos facilitará la interoperabilidad de los sistemas de información
del Estado, contribuyendo a dar respuestas rápidas y oportunas a los ciudadanos, mejorando la
gobernabilidad,
CONSIDERANDO
Que el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, permite mayor participación de los
usuarios en el mantenimiento de los niveles de seguridad e interoperatividad,
DECRETAArtículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre
desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A
tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los
procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con
Estándares Abiertos.
Artículo 2. Alos efectos del presente Decreto se entenderá por: Software Libre: Programa de
computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del programa y lo
autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original
como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa
original, sin tener que pagar regalíasa los desarrolladores previos. Estándares Abiertos:
Especificaciones técnicas, publicadas y controladas por alguna organización que se encarga de
su desarrollo, las cuales han sido aceptadas por la industria, estando a disposición de cualquier
usuario para ser implementadas en un software libre u otro, promoviendo la competitividad,
interoperatividad o flexibilidad. Software Propietario:Programa de computación cuya licencia
establece restricciones de uso, redistribución o modificación por parte de los usuarios, o
requiere de autorización expresa del Licenciador. Distribución Software Libre desarrollado con
Estándares Abiertos para el Estado Venezolano: Un paquete de programas y aplicaciones de
Informática elaborado utilizando Software Libre con Estándares Abiertos para serutilizados y
distribuidos entre distintos usuarios.
Artículo 3. En los casos que no se puedan desarrollar o adquirir aplicaciones en Software Libre
bajo Estándares Abiertos, los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deberán

solicitar ante el Ministerio de Ciencia y Tecnología autorización para adoptar otro tipo de
soluciones bajo las normas y criterios establecidos por eseMinisterio.
Artículo 4. El Ministerio de Ciencia y Tecnología, adelantará los programas de capacitación de
los funcionarios públicos, en el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos,
haciendo especial énfasis en los responsables de las áreas de tecnologías de información y
comunicación, para lo cual establecerá con los demás órganos y entes de la Administración
Pública Nacional...
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