Decreto 40 prevencion de riesgos profesionales
Este reglamento entrega a grandes rasgos los temas que radican nuestra profesion, por ejemplo:
Derecho a Saber
trabajadores acerca delos riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente deben informara los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos,aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitartales riesgos.
Departamento Prevencion
Art. 8. Para los efectos de este reglamento se entenderá por Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales a aquellas dependencias a cargo deplanificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Toda empresa que ocupe más de 100trabajadores deberá contar con un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales dirigido por un experto en la materia.
Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad
Art. 14. Toda empresa oentidad estará obligada a establecer y mantener al día un reglamento interno de seguridad e higiene en el trabajo, cuyo cumplimiento será obligatorio para los trabajadores. La empresa o entidaddeberá entregar gratuitamente un ejemplar del reglamento a cada trabajador.
Estadistica de los Accidentes
Art. 12. Los Departamentos de Prevención de Riesgos de las empresas están obligados allevar estadísticas completas de accidentes y enfermedades profesionales, y computarán como mínimo la tasa mensual de frecuencia y la tasa semestral de gravedad de los accidentes del trabajo.
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