Decreto 418 - Educación
La educación infantilconstituye una etapa educativa con identidad propia, recogiéndose en este decreto las normas generales de ordenación y organización de la etapa y el currículo. Este decreto cuenta con 18 artículos que analizaremos detenidamente.
El artículo 1 se basa en el objeto y ámbito de aplicación. En el se redacta que las normas establecidas por el decreto se aplicarán en todos los centros docentes de la comunidadautónoma. El artículo 2 hace referencia a las normas generales de ordenación de la educación infantil: constituye una etapa de los 0 a los 6 años, tiene carácter voluntario, se pondrá especial atención a cualquier trastorno en el desarrollo de algún niño y se procurará la integración. El artículo 3 recoge los fines de la educación infantil, que en definitiva, es contribuir al desarrollo físico,afectivo, social e intelectual de los niños y niñas. En el artículo 4 se redactan los objetivos: contribuir a su propia identidad, adquirir progresivamente autonomía, comprender y representar relaciones lógicas y matemáticas, representar aspectos de la realidad de forma personal, utilizar el lenguaje oral, aproximarse a la lectura y la escritura y conocer manifestaciones culturales de su entorno.El artículo 5 trata de la definición y los principios para la determinación del currículo, que se orientará a que los niños desarrollen el máximo de sus capacidades, atendiendo a la diversidad y con contenidos propios de la cultura andaluza. En el artículo 6 encontramos orientaciones metodológicas, entre las que destacan las de respetar las características propias del crecimiento, la especialimportancia del juego y la creación de un ambiente seguro en la escuela. El artículo 7 hace referencia a la autonomía de los centros, tanto en la pedagogía como en el marco de su proyecto educativo. En el artículo 8 se desarrollan las áreas del currículo, que son: conocimiento de sí mismo, conocimiento del entorno y lenguaje (comunicación y representación). El tratamiento de las áreas se ajustará alas características personales y sociales de los niños. En el segundo ciclo se propiciará el acercamiento a la lengua escrita. El artículo 9 hace referencia al horario, que será determinado por el centro y podrá ser modificado a lo largo del curso en función de las necesidades de los niños. El artículo 10 corresponde a la evaluación, que debe ser realizada por un tutor o tutora, empleando diversasestrategias y evaluará su propia práctica docente. El artículo 11 se refiere a la autonomía de los centros, siendo la guía para el desarrollo del currículo en infantil. En el artículo 12 se redactan las medidas de atención a la diversidad, orientadas a responder las necesidades educativas de cada niño, con modelos inclusivos y no discriminatorios. La conserjería de educación garantizará que losniños con necesidades específicas de apoyo tengan accesos a los beneficios que la educación proporciona. Los centros establecerán medidas con respecto a los diferentes ritmos de desarrollo.
En el artículo 13 se recogen los principios de la tutoría, que forma parte de la función educativa. El plan de orientación y acción tutorial recogerá los mecanismo de colaboración con las familias en losprocesos educativos. El articulo 14 se refiere a la acción tutorial, en la que se procurará la continuidad durante el curso del mismo tutor. El articulo 15 trata sobre la participación y colaboración con las familias, mediante una relación recíproca y permanente para contribuir al buen desarrollo de los niños y niñas. El artículo 16 hace referencia a la formación permanente del profesorado y demás...
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