Decreto 4825 de 2010 impuesto al patrimonio
DECRETA
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 1 se crea para el 2011 el impuesto al patrimonio para la conjuración y prevención de la extensión de los efectos de estado de emergencia declarado mediante el decreto 4580 de 2010 a cargo de las personas jurídicas, naturales, y sociedades de hecho, contribuyentes declarantes del impuesto sobrela renta. Y este es equivalente al patrimonio líquido del obligado. |
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 2 Hecho generador. Por el 2011, el impuesto al patrimonio se genera por la posesión de riqueza a primero de enero de 2011 cuyo valor sea igual o superior a mil millones de pesos ($1.000.000.000) e inferior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) |
Decreto | 4825 de 2010
| Art.3Causación. El impuesto al patrimonio a que se refiere el artículo primero de este decreto, se causa el 1 de enero del año 2011. |
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 4 Base gravable. La base imponible del impuesto al patrimonio está constituida por el valor del patrimonio líquido del contribuyente poseído a primero de enero de 2011 excluyendo el valor patrimonial neto de las acciones y aportes poseídosen sociedades nacionales, así como los primeros 319.215.000 del valor de la casa o apartamento de habitación.Parágrafo. Se excluye de la base para liquidar el impuesto al patrimonio, el valor patrimonio neto de los activos fijos inmuebles adquiridos o destinados al mejoramiento del medio ambiente por las empresas públicas.Se excluye el valor patrimonial neto de bienes inmuebles de beneficiopúblico de las empresas públicas de transporte masivo de pasajeros.El valor patrimonial neto de los bancos de tierras que posean las empresas públicas territoriales destinadas a vivienda prioritaria.Se excluye el valor patrimonial neto de los aportes sociales realizados por los asociados. |
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 5 Tarifa. La tarifa del impuesto al patrimonio al que se refiere el artículo 1de este decreto es la siguiente: 1% de 1.000.000.000 a 2.000.000.0001,4% de 2.000.000.000 a 3.000.000.000Parágrafo 1. Las sociedades que hayan efectuado proceso de escisión durante el año gravable 2010, deberán sumar los patrimonios líquidos poseídos a primero de enero de 2011 por las sociedades escindidas y beneficiarias con el fin de determinar su sujeción al impuesto. Parágrafo 2. Laspersonas naturales o jurídicas que durante el año gravable 2010 hayan constituido sociedades comerciales o civiles o cualquier otra forma societaria o persona jurídica deberán sumar los patrimonios líquidos poseídos a primero de enero de 2011 con el fin de determinar su sujeción al impuesto.Parágrafo 3. Lo dispuesto en los parágrafos 1 y 2 serán igualmente aplicables a todos los casos defraccionamiento del patrimonio, independientemente de la forma jurídica y de la denominación que se le dé y también aplica, en lo pertinente al impuesto al patrimonio creado por la ley 1370 de 2009. |
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 6 Declaración y pago. El impuesto al patrimonio deberá liquidarse en el formulario oficial que prescriba la DIAN y presentarse en los bancos y demás entidades autorizadaspara recaudar. Este impuesto deberá pagarse en 8 cuotas iguales, durante los años 2011,2012, 2013 y 2014. Dentro de los plazos establecidos por el gobierno nacional de que trata la ley 1370 de 2009. |
Decreto | 4825 de 2010
| Art. 7 entidades no sujetas al impuesto. No están obligadas a pagar el impuesto al patrimonio las entidades que se encuentran en liquidación, concordato, liquidaciónforzosa administrativa, liquidación obligatoria o que hayan suscrito acuerdo de reestructuración de conformidad con lo previsto en la ley 550 de 1999 o personas naturales que se encuentre en el régimen de insolvencia a que se refiere la ley 1380 de 2010, las entidades a que se refiere el numeral 1 del artículo 19, las relacionadas en el artículo 22, 23, 23-1 y 23-2 así como las definidas en el...
Regístrate para leer el documento completo.