decreto 510
(Diciembre 14)
"Por el cual se reglamenta el procedimiento para la legalización urbanística de asentamientos humanos en Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones".
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 3, 4 y 6 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, elnumeral 2 del artículo 458 del Decreto Distrital190 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 51 de la Constitución Política, todos los colombianos tienen derecho a una vivienda digna y el Estado debe fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho.
Que en desarrollo del numeral 2 del artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004, el Alcalde Mayor de Bogotáexpidió el Decreto Distrital 367 de 2005, mediante el cual reglamentó el procedimiento y demás requisitos para la legalización de los desarrollos humanos realizados clandestinamente.
Que el Decreto Nacional 564 de 2006 reglamentó, entre otros aspectos, las licencias urbanísticas, el reconocimiento de edificaciones y la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de interés social.Que el Decreto Nacional 564 de 2006 fue derogado por el Decreto 1469 de 2010, salvo los artículos 122 a 131 los cuales establecen expresamente las disposiciones generales, el proceso y el trámite para la legalización de asentamientos humanos realizados clandestinamente.
Que conforme al artículo 122 del Decreto Nacional 564 de 2006 "el acto administrativo mediante el cual se aprueba lalegalización hará las veces de licencia de urbanización", de tal manera que concreta la norma urbanística definida en la respectiva Unidad de Planeamiento Zonal.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto Distrital 190 de 2004 la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) define y precisa el planeamiento del suelo urbano.
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 modificó la estructura,organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, D.C., creando en su artículo 112, la Secretaría Distrital del Hábitat.
Que el artículo 115 del Acuerdo 257 de 2006, establece que la Secretaría Distrital del Hábitat "tiene por objeto formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural en orden a aumentar la productividad del suelo urbano, garantizar el desarrollointegral de los asentamientos y de las operaciones y actuaciones urbanas integrales, facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y articular los objetivos sociales económicos de ordenamiento territorial y de protección ambiental."
Que el artículo 17 del Decreto Distrital 121 de 2008 "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distritaldel Hábitat", creó la Subdirección de Barrios, como responsable de promover procesos masivos de legalización que no hayan cumplido con os requisitos establecidos por las normativas urbanas vigentes y coordinar la operatividad del proceso de legalización de asentamientos o barrios localizados en el Distrito Capital, previo a su presentación ante la Secretaría Distrital de Planeación para suaprobación o improbación.
Que por las razones expuestas anteriormente, se requiere modificar la competencia para adelantar y culminar el trámite de legalización de asentamientos humanos realizados clandestinamente en la ciudad de Bogotá y armonizarlo con la estructura administrativa del Distrito Capital; y en especial con las funciones otorgadas a las Secretarías Distritales del Hábitat y dePlaneación.
En mérito de lo expuesto,
Ver el Decreto Distrital 190 de 2004
DECRETA:
CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación. El presente Decreto establece las funciones y competencias para adelantar el procedimiento para la legalización de los asentamientos humanos realizados clandestinamente destinados a la vivienda de interés social, localizados en suelo urbano, de...
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