Decreto 673

Páginas: 24 (5911 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2015
Santiago, 27 de agosto de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 673.- Vistos: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República, la ley Nº 18.575, Orgánica de Bases
Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se aprobó por DFL Nº 1/19.653,
de 13 de diciembre de 2000, el Libro I títulos IV, V y VI del Código Civil, la ley Nº 4.808sobre Registro Civil, la ley Nº 19.947
que establece nueva Ley de Matrimonio Civil, la ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, y lo
dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.:

Considerando: Que en fecha 17 de mayo de 2004 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 19.947, que sustituye la Ley de
Matrimonio Civil, de 10de enero de 1884, cuyo artículo 8º transitorio dispone que se expedirán, por intermedio del Ministerio
de Justicia, las normas reglamentarias necesarias para su ejecución, especialmente las que regulen los registros a que se
refieren los artículos 11, inciso final y 77 de la ley Nº 19.947, como el procedimiento para practicar la inscripción de matrimonio
en los libros del Registro Civil.Decreto:

Apruébase el siguiente:

Reglamento de la ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil
TITULO I
Del Matrimonio
Párrafo 1º
Disposiciones generales

Artículo 1º
El matrimonio se podrá contraer ante cualquier Oficial Civil, de conformidad con las normas contenidas en la ley Nº 19.947
sobre matrimonio civil y en este reglamento. Asimismo, se podrá contraer matrimonio ante el ministro de culto autorizado porcualquiera de las entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica de derecho público, de conformidad a la ley Nº
19.947 y a lo dispuesto en los Párrafos 5º y 6º de este Título.

Párrafo 2º
De las diligencias previas a la celebración del matrimonio

Artículo 2º
Los que quisieren contraer matrimonio, lo comunicarán por escrito, oralmente o por medio del lenguaje de señas ante
cualquierOficial del Registro Civil.

Artículo 3º
Si la manifestación fuere escrita, deberá contener las siguientes menciones:

1. Nombres y apellidos de los interesados;
2. Lugar y fecha de sus nacimientos;
3. El estado civil de solteros, viudos o divorciados;
4. Profesión u oficio de los interesados;

1

5. Nombres y apellidos de los padres, si fueren conocidos;
6. Nombres y apellidos de las personas cuyoconsentimiento fuere necesario;
7. El hecho de no tener incapacidad o prohibición legal para contraer matrimonio;
8. El lugar, local o establecimiento en que se celebrará el matrimonio;
9. Firma de ambos manifestantes, y
10. La fecha en que es emitida.

El contrayente cuyo estado civil sea de viudo o divorciado deberá indicar, además, el nombre del cónyuge fallecido o de aquel
con quien contrajomatrimonio anterior, y el lugar y la fecha de la muerte o sentencia de divorcio, respectivamente.

Artículo 4º
Si la manifestación no fuere escrita, el Oficial Civil levantará un acta con las menciones a que se refiere el artículo anterior,
indicando, además, la fecha en que se extiende, la que será firmada por él y por los interesados, si supieren y pudieren
hacerlo, y autorizada por dostestigos.

Artículo 5º
En la manifestación, el Oficial Civil deberá informar y prevenir a los futuros contrayentes en los términos previstos en los
incisos primero y segundo del artículo 10 de la ley 19.947. Además, deberá comunicarles la existencia de cursos de
preparación para el matrimonio, si no acreditaren que los han realizado.
Los futuros contrayentes podrán acreditar que han realizado previamenteel curso de preparación para el matrimonio, a través
de un certificado original emanado de las entidades a que se refiere el artículo 11 de la ley Nº 19.947.
Con todo, los futuros contrayentes de común acuerdo podrán eximirse de los referidos cursos si al momento de la
manifestación del matrimonio, declaran ante el Oficial Civil, que conocen suficientemente los deberes y derechos del estado...
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