Decreto 735

Páginas: 6 (1487 palabras) Publicado: 28 de abril de 2012
Tipo Norma
Fecha Publicación
Fecha Promulgación
Organismo
Título
Tipo Version
Inicio Vigencia
Id Norma
Ultima Modificación
URL

:Decreto 735
:19-12-1969
:07-11-1969
:MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
:REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA DESTINADOS AL
CONSUMO HUMANO
:Ultima Version
De : 30-07-2010
:30-07-2010
:197226
:30-JUL-2010 Decreto 76:http://www.leychile.cl/N?i=197226&f=2010-07-30&p=

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA DESTINADOS AL CONSUMO
HUMANO
Santiago, 7 de Noviembre de 1969.- Hoy se decretó lo
que sigue:
Núm. 735.- Visto: lo informado por el Servicio
Nacional de Salud mediante oficio Nº 3.109, de 21 de
Febrero del año en curso; lo dispuesto en los artículos
2º, 71º y 72º del Código Sanitario y en uso de la
facultad que me confiere en Nº 2 delartículo 72º de la
Constitución Política del Estado.
Decreto:

1.- Derógase el decreto supremo Nº 1.132, de 3 de
Mayo de 1952, del ex Ministerio de Salubridad, Previsión y
Asistencia Social;
2.- Apruébase el siguiente "Reglamento de los
Servicios de agua destinados al consumo humano":

I.-

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1º.- Todo servicio de agua potable deberá
proporcionar agua debuena calidad en cantidad suficiente
para abastecer satisfactoriamente a la población que le
corresponde atender, debiendo además, asegurar la
continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas
por fallas de sus instalaciones o de su explotación.
Artículo 2º.- La Secretaría Regional Ministerial de
Salud respectiva deberá aprobar todo proyecto de
construcción, reparación, modificacióno ampliación de
cualquier obra pública o particular destinada a la
provisión o purificación de agua para el consumo humano,
que no sea parte o no esté conectado a un servicio público
sanitario regido por el DFL Nº382 de 1988 del Ministerio de
Obras Públicas.
Asimismo, una vez construida, reparada, modificada o
ampliada y antes de entrar a prestar servicios, la obra debe
ser autorizada porel citado organismo.
Artículo 3º.- La obra de un servicio de agua potable
que no se encuentre prestando funciones, total o
parcialmente, durante algún tiempo, deberá ser
convenientemente desinfectada antes de ser puesta nuevamente
en explotación, de acuerdo con el método de desinfección
que determine la autoridad sanitaria.

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileDecreto 76,SALUD
Nº 1
D.O. 30.07.2010

Artículo 4º.- Corresponde a la Secretaría Regional
Ministerial de Salud respectiva comprobar las
condiciones sanitarias de todo servicio de agua potable,
vigilar su funcionamiento y hacer cumplir las
disposiciones del presente Reglamento, sin perjuicio
de las atribuciones de los Ministerios de Obras Públicas
y Transportes y de la Vivienda y Urbanismo.Artículo 5º.- El Presidente de la República,
mediante decreto supremo, podrá autorizar a la
Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva
para que intervenga directamente la explotación de
un servicio de agua potable, cuando se compruebe que
su funcionamiento constituye un peligro para la salud
de la población que sirve.

DTO 131, SALUD
Art. 1º Nº 8
D.O. 26.03.2007

DTO 131, SALUDArt. 1º Nº 9
D.O. 26.03.2007

II.- DE LA CALIDAD DEL AGUA
Artículo 6º.- Se autorizará la explotación y
funcionamiento de un servicio de agua cuando ésta, sometida
a análisis bacteriológico, no acuse existencia de
gérmenes del grupo coliforme. Si acusa existencia de estos
gérmenes, aun cuando no se encuentren gérmenes patógenos,
se considerará contaminada.
Sin embargo, en los servicioscon red de distribución
se aceptará como agua potable desde un punto de vista
bacteriológico, aquella que cumpla con las exigencias
establecidas en los artículos 16, 17, y 17 bis del presente
Reglamento.
En los casos de abastecimiento de agua a una o a un
reducido grupo de viviendas o a un establecimiento, con
sistema particular de agua, se aceptará como agua potable
aquella que se...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • decreto
  • decreto
  • Decreto
  • Decreto
  • Decretos
  • decreto
  • Decreto
  • decreto

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS