Decreto Ejecutivo2393
SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO
DECRETO EJECUTIVO 2393
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD
DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE
DE TRABAJO
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Título I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presenteReglamento se
aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la
prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del
medio ambiente de trabajo.
Art. 2.- DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL
TRABAJO.
1. Existirá un Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo que tendrá
como funciónprincipal coordinar las acciones ejecutivas de todos los organismos del
sector público con atribuciones en materia de prevención de riesgos del trabajo; cumplir
con las atribuciones que le señalen las leyes y reglamentos; y, en particular, ejecutar y
vigilar el cumplimiento del presente Reglamento. Para ello, todos los Organismos antes
referidos se someterán a las directrices del ComitéInterinstitucional.
2. Para el correcto cumplimiento de sus funciones, el Comité Interinstitucional
efectuará, entre otras, las acciones siguientes:
a) Colaborar en la elaboración de los planes y programas del Ministerio de Trabajo,
Ministerio de Salud y demás Organismos del sector público, en materia de seguridad e
higiene del trabajo y mejoramiento del medio ambiente de trabajo.
b) Elevar a consideración delEjecutivo los proyectos de modificación que estime
necesarios al presente Reglamento y dictar las normas necesarias para su
funcionamiento.
c) Programar y evaluar la ejecución de las normas vigentes en materia de prevención de
riesgos del trabajo y expedir las regulaciones especiales en la materia, para
determinadas actividades cuya peligrosidad lo exija.
d) Confeccionar y publicar estadísticas deaccidentalidad y enfermedades profesionales
a través de la información que a tal efecto facilitará el Ministerio de Trabajo, el
Ministerio de Salud y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
e) Llevar el control de las sanciones que hayan sido impuestas por el Ministerio de
Trabajo, IESS o Portafolio correspondiente, respecto a las infracciones cometidas por
empresarios o trabajadores, enmateria de prevención de riesgos profesionales.
f) Recopilar los reglamentos aprobados por el Ministerio de Trabajo y Recursos
Humanos y el Consejo Superior del IESS en materia de Seguridad e Higiene del
Trabajo.
g) Impulsar las acciones formativas y divulgadoras, de las regulaciones sobre seguridad
e higiene del trabajo.
h) Propender a la investigación de las enfermedades profesionales en nuestromedio y a
la divulgación obligatoria de sus estudios.
3. El Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo está compuesto por:
a) El Jefe del Departamento de Seguridad e Higiene del Trabajo, en representación del
Ministerio de Trabajo.
b) Un delegado de la Dirección Nacional de Control Ambiental, del IEOS, en
representación del Ministerio de Salud.
c) (Agregado inc. 2 por el Art. 1 delD.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) El Jefe de la
División de Riesgos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en representación de
dicha Institución.
Por cada representante principal, las instituciones públicas o con finalidad social,
designarán un suplente.
d) Tres delegados por el sector empleador.
e) (Agregado inc. 2 por el Art. 95 del D.E. 1437, R.O. 374, 4-II-94) Tres delegados por
elsector laboral.
Asistirá a las sesiones, con derecho a voz, un representante del Consejo Nacional de
Discapacidades.
Los delegados del sector empleador serán designados cada dos años por las
Federaciones de Cámaras de Industrias, Comercio, Agricultura, Pequeña Industria y
Construcción; y, los del sector laboral serán designados por igual período por las
centrales sindicales legalmente reconocidas....
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