Decreto Ley 20530
INTRODUCCION
El sistema previsional peruano está constituido por tres regímenes principales: el del Decreto Ley No. 19990 (denominado Sistema Nacional de Pensiones - SNP), el del Decreto Ley No. 20530 (denominado Cédula Viva) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Los dos primeros son administrados por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones; mientras que el terceroes administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
El objetivo del presente trabajo es presentar una descripción de la situación actual del régimen pensionario 20530 desde un punto de vista histórico y descriptivo dando un enfoque constitucional dentro de un análisis de los principales aspectos de su problemática y una revisión de las últimasmedidas emprendidas por el Ejecutivo para subsanar dicha problemática. En tal sentido, el trabajo está organizado en dos grandes secciones. En la primera parte se elabora una descripción del Decreto Ley 20530 el cual sigue vigente, pero no se pueden incorporar más afiliados a este.
Se describen aspectos de normatividad, requisitos para la obtención de prestaciones, tiposde riesgos coberturados, años de aportación, fórmula de cálculo de la prestación y tasa de aportación, entre otros aspectos. Adicionalmente, se discute la situación financiera y económica por la que atraviesan estos sistemas previsionales.
LA CÉDULA VIVA Y SU EXISTENCIA CONTROVERSIAL
El Régimen del Decreto Ley Nº 20530, es una expresión legislativa del desarrollo constitucional del derecho a laseguridad social en materia pensionaria, al cual tiene derecho toda persona y que el Estado reconoce como derecho universal o derecho humano con carácter inalienable, cuyo propósito es protegerlo frente a futuras contingencias elevando su calidad de vida, concepción que ha sido recogida por el artículo 10º de nuestra Carta Magna.
Sin embargo, el carácter controversial de este régimen previsional(también conocido como el de la Cédula Viva), ha radicado en que no se consideró el elemento de la edad mínima para acceder a la pensión, y por lo demás se fijó en solamente 15 años para los hombres y en 12.5 años para las mujeres, el período mínimo de aportaciones para este seguro previsional; esta característica lo diferencia de los demás regímenes previsionales, en los cuales la edad es unacondición fundamental para acceder a una pensión en éstos.
Por ende, el fundamento para fijar el monto de la pensión en dicho subsistema pensionario no respondió a un cálculo económico real, sino a una mera voluntad que establecía el valor de la prestación económica en equivalencia a la remuneración de un trabajador en actividad, hecho que con el paso del tiempo ha originado el desfinanciamiento delsistema previsional público.
En ese orden de ideas, el Régimen del Decreto Ley N° 20530 (de carácter cerrado), fue creado para beneficiar a todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad pública regulado por el Decreto Ley N° 11377.
Dicho régimen era de carácter cerrado por cuanto un trabajador que se reincorporara al servicio civil tenía que elegir entre la pensión o laremuneración, y al cese percibiría la pensión por el Decreto Ley N° 20530, además de la pensión que pudiera haber generado en el régimen del Decreto Ley Nº 19990.
Este subsistema de seguridad social en pensiones es el más antiguo del Perú (cuyo antecedente es la Ley de Goces de 1850), el cual no ha sufrido modificación alguna que conlleve a adecuarlo a los cambios demográficos; por el contrario, loscambios legales en la referida Ley distorsionaron el sistema originalmente diseñado:
Mediante la Ley N° 23495 se modificó el cálculo original de la pensión haciéndola nivelable.1
A través de la Ley N° 23329 se permitió la reincorporación al sistema.2
Por la Ley N° 2500837 se elevó la pensión de sobrevivientes al 100% de la pensión de cesantía.
Posteriormente, diversas normas ampliaron...
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