Decreto-Ley 8204/63

Páginas: 16 (3878 palabras) Publicado: 28 de mayo de 2012
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS.DECRETO-LEY 8204del 27 de septiembre de 1963 (Con las reformas de las leyes 18.248, 18.327, 20,751, 22.159, 23.515, 23.776 y 24.540)

Artículo 1. Apruébase el cuerpo de disposiciones adjuntas que constituyen el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, el que comenzará a regir en toda la República a partir del 1º de enero de1964.
2. Queda derogada toda otra disposición que se oponga al presente.
3. El presente decreto será refrendado por los señores ministros secretarios en los departamentos del Interior, Defensa y Educación y Justicia.
4. Comuníquese, etc.

Publicación: B.O. 3/X/963

CAPITULO I

Disposiciones generales

1. Todos los actos y hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y lacapacidad de las personas deberán inscribirse en los correspondientes registros de las provincias y de la Nación.
2. El Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos locales y estará a cargo de un director general.
3. En los centros donde no existan oficiales públicos encargados del Registro, se podrá asignar tal carácter a los funcionarios del lugar,quienes tendrán a su cargo las inscripciones de los actos y hechos atinentes a este organismo.

4. Cuando para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley fuere menester el auxilio de la fuerza pública, el oficial del Registro está facultado para requerirla.

CAPITULO II

Libros

5. El Registro se llevará en doble ejemplar en los libros de nacimientos, matrimonios,defunciones, incapacitados y demás complementarios, que podrán ser habilitados por vía administrativa si la captación de otros aspectos de los hechos vitales lo hiciere necesario.
6. Las inscripciones se registrarán en libros con textos impresos en cuanto sea posible, y las páginas serán fijas y numeradas correlativamente. Cada tomo contendrá un índice alfabético en el que se consignarán todas lasdisciplinas, tomando, al efecto, la primera letra del apellido del inscripto; en los matrimonios, del apellido de cada contrayente, por separado; y en las defunciones de mujer casada, del apellido de soltera y del de casada.

7. El último día de cada año se cerrarán los libros del Registro, certificando, al final de los mismos, el oficial público correspondiente, el número de inscripciones ypáginas útiles, e inutilizadas que contienen. Se procederá, luego, a copiarlos en la forma establecida en el artículo 5º. El original deberá permanecer en la dirección y la copia en un lugar diferente.
8. Si el ejemplar original o la copia a que se refiere el artículo 5º resultare extraviado o destruido total o parcialmente, la Dirección dispondrá de inmediato se saque copia del ejemplar que quede,firmándose la inscripción por el oficial público a quien correspondiere dicha tarea. Si resultaren extraviados o destruidos total o parcialmente los dos ejemplares, la Dirección deberá dar cuenta inmediata del hecho al juez competente, sin perjuicio de lo cual dispondrá todas las medidas tendientes a la reconstrucción de las inscripciones destruidas o extraviadas utilizando para ello las pruebasque constaren registradas en reparticiones públicas o privadas. Asimismo, se publicarán las fechas correspondientes a los ejemplares destruidos o extraviados, de modo tal que los interesados o sus derechohabientes puedan colaborar en la tarea de reconstrucción, aportando los datos que obraren en su poder.

9. Los libros, microfilm, fichaje individual u otro sistema similar que se adopte no podránser entregados a personas alguna. Para ser exhibidos a terceros, deberá acreditarse un interés legítimo. Los oficiales públicos encargados de su custodia serán responsables de la destrucción o pérdida de los mismos, si les resultare imputable.

CAPITULO III

Inscripciones

10. Las inscripciones se registrarán en los libros correspondientes una después de la otra, en orden numérico y...
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