DECRETO LEY N 919

Páginas: 11 (2627 palabras) Publicado: 19 de septiembre de 2015
DECRETO LEY N 919

1) Beneficios en el IGV
La normativa del IGV (Decreto Supremo Nº 055-99-EF) considera en su artículo 33º a las actividades calificadas como exportación (sea de bienes o de servicios) como inafectas del IGV. No obstante, su artículo 34º concede un beneficio adicional, consistente en otorgar el saldo a favor del exportador (cuyo mecanismo es en un primer momento, similar al delcrédito fiscal) por aquellas adquisiciones de bienes y servicios que desembocan en exportaciones para efectos del IGV.Por tal motivo es que doctrinariamente, se ha opinado que las exportaciones se encuentran gravadas con el IGV pero a una tasa del 0%, a fin de cumplir con el requisito sustancial que el artículo 18º del TUO de la Ley de IGV (LIGV en adelante) condiciona para el goce del créditofiscal, consistente en que las adquisiciones afectas al IGV se destinen a su vez a operaciones gravadas con este mismo impuesto.
1.1) Servicios de hospedaje a sujetos no domiciliados.
El artículo 33º numeral 4) de la LIGV considera como exportación a efectos del IGV a “La prestación de servicios de hospedaje, incluyendo la alimentación, a sujetos no domiciliados, en forma individual o a través de unpaquete turístico, por el periodo de su permanencia, no mayor de 60 días por cada ingreso al país, requiriéndose la presentación de la Tarjeta Andina de Migración- TAM, así como del pasaporte, salvoconducto o Documento Nacional de Identidad que de conformidad con los Tratados Internacionales celebrados por el Perú sea válido para ingresar al país, de acuerdo a las condiciones, registros,requisitos y procedimientos que se establezcan en el Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previa opinión técnica de la SUNAT”.
Son varios los requisitos que deben cumplirse para considerar a la prestación de servicios de hospedaje y alimentación en territorio nacional (que en sentido técnico no da lugar a una exportación, ya que ambos serviciosson consumidos en su integridad en territorio peruano), como exportación en los términos del IGV:

a) Debe ser brindado por un establecimiento de hospedaje que cumpla los requisitos del Decreto Supremo Nº 029-2004-MINCETUR.
El Decreto Supremo Nº 122-2001-EF, a través del cual se dictan las normas para la aplicación del beneficio tributario a establecimientos de hospedaje que brinden servicios asujetos no domiciliados, define en su artículo 1º inciso e) como establecimiento de hospedaje a “Aquel establecimiento destinado a prestar habitualmente servicios de alojamiento no permanente, a que se refiere el inciso b) del artículo 2º del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2001-ITINCI”.


El Decreto Supremo Nº 023-2001-ITINCI ha sido derogado por elartículo 2º del Decreto Supremo Nº 029-2004-MINCETUR, constituyendo este último el nuevo Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. El artículo 2º del Decreto Supremo Nº 029-2004-MINCETUR realiza la siguiente clasificación a los establecimientos de hospedaje:

Clase Categoría
Hotel
Apart-Hotel
Hostal
Resort
Ecolodge
Albergue Una a cinco estrellas
Tres a cinco estrellas
Una a tres estrellas
Tres acinco estrellas
De esta manera, si una persona natural alberga en su domicilio a 2 turistas extranjeros, el referido servicio no calificará como exportación en los términos del IGV, sino que se deberá necesariamente cumplir con los lineamientos del Decreto Supremo Nº 029-2004-MINCETUR (por ejemplo, en el caso de hostales debe contar al menos con 6 habitaciones, y en el caso de albergues cumplircon los requisitos del Anexo 6 de la anotada norma).
b) Solamente están incluidos los servicios de alimentación y hospedaje.
El artículo 1713º del Código Civil estipula que “Por el hospedaje, el hospedante se obliga a prestar al huésped albergue y, adicionalmente, alimentación y otros servicios que contemplan la ley y los usos, a cambio de una retribución”.
No obstante lo anterior, el artículo 1º...
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